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La inhabilitación del Banco Central al propietario de polémica casa de cambio cerrada

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Cambio Nelson. Foto: Archivo EL PAÍS
Ricardo Figueredo/Archivo El Pais

INFORME

El directorio del Banco Central del Uruguay decidió “sancionar con inhabilitación por siete años” al dueño de Cambio Nelson, Francisco Sanabria.

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Luego de tres años de sumario administrativo, en el polémico caso de Cambio Nelson, el Banco Central (BCU) decidió “sancionar con inhabilitación por siete años” a Francisco Sanabria para desempeñar cargos de personal superior en instituciones financieras supervisadas por el regulador.

Sanabria “se desempeñó como apoderado de Camvirey S.A. (Cambio Nelson) desde el 29 de setiembre de 2015, como presidente del directorio por el período comprendido entre el 16 de febrero de 2016 y el 4 de abril de 2017 y además, como accionista desde el fallecimiento de Wilson Sanabria, el 30 de setiembre de 2015”, indicó la resolución de directorio del BCU.

El cambio, que contaba con 11 sucursales, cerró sus puertas el 22 de febrero de 2017 al no poder hacer frente a US$ 8,7 millones por captar depósitos y dar créditos por fuera de su operativa como casa de cambio.

Ahora, el BCU culminó el sumario dispuesto que “tiene por finalidad verificar la configuración o no de responsabilidad de Francisco Sanabria por su actuación como personal superior de Camvirey S.A.”.

El informe

Según el informe del Central, “surgen de las actuaciones, interrogatorios, documentos e informes, la existencia de hechos irregulares y omisiones que implican la violación de las normas legales y reglamentarias que regulan la actividad de una casa de cambios”.

Entre ellas, el BCU destacó ocho. Una es “la omisión de comunicar a este BCU en forma previa el cierre de Camvirey S.A., acaecido el 23 de febrero de 2017”. Otra es que “se constató que la casa de cambio recibía fondos de clientes por un período mayor a 48 horas y pagaba intereses por algunos de esos depósitos, desvirtuándose así la operativa permitida a este tipo de entidades, lo cual además no se reflejaba en las registraciones ni en los estados contables de la casa de cambio, habiendo el sumariado expresado que desde el año 2004 conocía la existencia de esta operativa, la cual continuó luego del fallecimiento de Wilson Sanabria”.

A su vez marcó “los problemas de liquidez y eventualmente de solvencia de la casa de cambio que impidieron hacer frente a las exigencias de los clientes surgieron por los depósitos irregulares, el servicio de pago y cobranzas y la operativa cambiaria, todo lo cual era de conocimiento, aceptación y participación de Francisco Sanabria”. A eso agregó como otro hecho irregular que “parte de esos fondos eran derivados a colocaciones en empresas vinculadas al director, a su círculo familiar y a terceros, por lo cual se realizaban más pagos o retiros que fondos disponibles, todo lo cual era de conocimiento del sumariado, quien incluso convalidó expresamente la existencia de saldos deudores de empresas vinculadas y clientes”.

Además, “la información financiera presentada al Banco Central contenía serios incumplimientos a los criterios contables vigentes”.

El informe destacó que “al consultar el sistema de gestión utilizado, pudo constatarse que los listados de operaciones de los clientes que se presentaban a los supervisores, en instancia de inspección, no reflejaban la operativa real de dichos clientes, la cual sí estaba contenida en otra interfaz del sistema llamada ‘estado de cuenta de clientes’, situación que fue o debió ser conocida por el sumariado ya que tuvo todas las posibilidades para ello, constituyendo parte del núcleo de sus responsabilidades como presidente del directorio”.

Adicionalmente, el BCU dijo que “se constataron movimientos de fondos, reflejados en una cuenta a nombre del accionista fallecido, luego de acaecido este”.

Por último, “se constataron carencias en el desarrollo de las tareas de cumplimiento, así como en la implementación del plan integral para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, actividades que corresponden a los directores de las sociedades supervisadas, tercerizándose además, tareas correspondientes al oficial de cumplimiento sin la debida autorización de la Superintendencia de Servicios Financieros” del BCU.

Descargos

Francisco Sanabria había realizado descargos ante el BCU, entre los cuales había dicho que “la duración del procedimiento sancionatorio ha vulnerado el principio de duración razonable, proponiendo la aplicación por analogía de las normas de los procedimientos disciplinarios en la Administración Pública”, que “los medios probatorios agregados resultan insuficientes” y que “el procedimiento está viciado por el prejuzgamiento del instructor sumariante en su informe inicial”.

Además, el sumariado señaló que “corresponde evaluar la actuación personal del sumariado durante su gestión, que se extendió desde la muerte de su padre (Wilson Sanabria) acaecida el 30 de setiembre de 2015 al cierre de la casa de cambio” y que “debe primar la realidad económica por sobre la realidad formal o documental ya que todas las deudas contraídas durante su gestión arrastraban gravísimos problemas del pasado que involucraban a Wilson Sanabria y Nelson Calvete, siendo este último quien continuó a cargo de la operativa luego del fallecimiento de Wilson Sanabria”.

En los descargos, Sanabria “niega su vinculación con la operativa de la empresa salvo el hecho de aportar capital para el giro, expresando que no atendía clientes en forma exclusiva”, a la vez que “desconoce los correos electrónicos dirigidos a él donde se le consulta por la apertura de cuentas a los clientes”.

Por otro lado, argumentó Sanabria que “la eventual utilización de dinero que existiera en el cambio para uso de la familia Sanabria resultaba de montos previamente integrados por el mismo”, a la vez que “desconoce la documentación contable exhibida, que fuera proporcionada por el personal superior de Camvirey S.A. en actuación in situ; indicando, además, que la fecha de inicio es anterior al fallecimiento de su padre, cuando él no era accionista ni presidente de la sociedad”.

Agregó que “el contador (Humberto) Capote era el encargado de la contabilidad del cambio, siendo quien tenía a su cargo el manejo total y exclusivo del sistema en gestión”, “afirma haber enviado dos correos electrónicos comunicando el cierre de la casa de cambio, uno al BCU y otro al contador Capote” y por último “controvierte su responsabilidad respecto al incumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo cuando había destacados profesionales contratados por la empresa”.

El BCU evaluó los descargos formulados por Sanabria y señaló que “es responsabilidad del personal superior que la actividad se realice dentro del marco normativo legal, reglamentario y contractual, velando por los intereses de los clientes, habiéndose probado que Francisco Sanabria tenía conocimiento de diversos hechos irregulares ajenos al giro autorizado para las casas de cambio y avaló su desarrollo u omitió adoptar acciones eficientes para su cese, lo que redundó en perjuicio de todos los clientes, habiéndose incumplido el estándar profesional y de comportamiento adecuados para el personal superior de una entidad financiera así como los principios éticos que deben regir su actuación como tal”.

Además “Francisco Sanabria en el desempeño del cargo de director y como accionista de Camvirey S.A. infringió el plan de cuentas y normas contables, permitiendo que se ocultaran los saldos con los clientes, con lo que impidió que el BCU conociera la real situación y operativa de la empresa, obstaculizando de esta forma su fiscalización”.

También “es responsabilidad del directorio y por siguiente de su único integrante y accionista, definir políticas y procedimientos de debida diligencia respecto de los clientes con los que opera así como, mostrar compromiso con el funcionamiento del sistema preventivo, asegurando su efectividad, lo que no se cumplió, dada la actividad no permitida” para el cambio.

Respecto a la duración del procedimiento administrativo, el BCU afirmó que “resulta razonable atendiendo las diferentes actuaciones desarrolladas que garantizaron la participación del sumariado y el ejercicio de su derecho de defensa, además, siendo el presente un procedimiento administrativo externo referido a la actuación de un tercero ajeno a la Administración, el mismo se rige por las normas del procedimiento administrativo común”.

Además, “no se advierte prejuzgamiento por parte del instructor del sumario, quien en su informe inicial describe hechos vinculados a las infracciones administrativas constatadas en Camvirey S.A. donde podría resultar relevante la conducta desarrollada por el director y único accionista de la sociedad comercial”.

Y por último, “la prueba agregada y aportada por el sumariado resulta suficiente y coincidente para acreditar las infracciones imputables” a él.

El documento concluyó que “en definitiva, surge de los antecedentes administrativos graves contravenciones a las normas legales y reglamentarias vigentes, así como a las prácticas de rectitud comercial y profesional, deberes de información y exigencias prudenciales, lo que permite imputar una sanción de siete años de inhabilitación a Francisco Sanabria”.

Deudas, sanción a Calvete y la operativa descripta

Según un documento del BCU -mencionado en un artículo de El País el pasado 18 de mayo de 2017- que Cambio Nelson tenía al momento de su cierre 288 clientes con saldos deudores (le adeudaban al cambio) de US$ 1,7 millones. Luego había 380 clientes que tenían saldos acreedores por US$ 5 millones.

Previamente, en marzo de este año, el BCU decidió “sancionar con inhabilitación por 10 años” a Nelson Calvete para desempeñar cargos de personal superior en instituciones financieras supervisadas por el regulador. Es la máxima sanción que impone el BCU. Calvete era operador de cambios y responsable del servicio de atención de reclamos, además de gerente de la sucursal Punta del Este en la firma.

“Algunos clientes más cercanos recibían una rentabilidad (intereses) que era fijada por Wilson Sanabria y después por Francisco Sanabria. Nada de esos depósitos pasaba por ventanilla”, había declarado Calvete en la Justicia.

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