Publicidad

Los impuestos que debería pagar la economía digital

Compartir esta noticia
Empresarios dicen que no se puede regular nuevas tecnologías con criterios de 50 años. Foto: F. Ponzetto
Nota por viaje en auto de Uber en Montevideo, nueva empresa de transporte publico que funciona a travez de una aplicacion para smartphones, ND 20151120, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Estudio propone fórmulas para gravar rentas e incluso IVA al consumidor.

Las tecnologías disruptivas —como Uber, Airbnb o Netflix— generaron nuevos modelos de negocios (economía digital) que llegaron para quedarse y por tanto cada país debe adaptar sus normas tributarias para lograr cobrar impuestos a las rentas producidas por dichas actividades.

En ese sentido, el Centro de Estudios Fiscales (CEF) propone "aggiornar" el concepto de fuente que aplica Uruguay y definir los beneficios en base a la suma de utilidades o por márgenes fictos. También plantean incorporar agentes de retención locales y no descartan gravan estos servicios con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Estos cambios servirían para "poder someter a imposición a la renta en Uruguay con mayor claridad y certeza las diversas manifestaciones de riqueza de la economía digital", según establece el trabajo "Desafíos para los regímenes tributarios y la técnica tributaria de la economía digital" del CEF.

Es que según el estudio, en Uruguay con algunas excepciones "no existen hasta ahora disposiciones específicas para el gravamen de la economía digital". Actualmente en el Parlamento existen varios proyectos bajo análisis para regular los servicios brindados por las aplicaciones tecnológicas, en especial centrados en el caso de Uber, pero no prevén los gravámenes.

Para el CEF, "la adaptación de los viejos conceptos (tributarios) a la nueva realidad es sumamente dificultosa y no puede llevarse a cabo sin la introducción de cambios trascendentes en los antiguos paradigmas".

En Uruguay está definida la aplicación del criterio impositivo de la fuente, que significa que deben pagar impuestos las rentas producidas por actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente dentro del territorio. Los autores del trabajo consideran ventajoso mantenerlo, dado que no brinda "obstáculos normativos para que en ausencia de residencia en el país de un determinado sujeto, o incluso ante la propia imposibilidad material de determinar su real residencia, la renta que obtenga en su territorio pueda resultar sujeta a imposición".

Para determinar la utilidad atribuible al gravamen en Uruguay de las actividades digitales, el CEF plantea como una opción aplicar el método de división de beneficio (profit split) dentro de la normativa internacional de precios de transferencias. Esto quiere decir que la utilidad global de una operación se determina mediante la suma de los beneficios obtenidos por cada una de las personas involucradas. Pero estas nuevas reglas están aún siendo definidas en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Mientras se espera esta definición —aunque también podría ser una solución definitiva—, los investigadores del CEF proponen "hacer la determinación de la renta sobre márgenes fictos predeterminados".

A su vez, plantean considerar en la medida en que se sometan a gravamen rentas obtenidas por sujetos no residentes, la designación de responsables locales "capaces por su ubicación en el circuito de pagos existente desde el territorio nacional de retener el tributo" que debe pagar la compañía.

Además, los investigadores no descartan la aplicación de una imposición indirecta para las transacciones de la economía digital, que en Uruguay sería el IVA. "La incidencia del mismo deberá limitarse a su aplicación sobre la porción que se considere de fuente uruguaya de aquellas rentas que revistan la condición de beneficios empresariales", aclaran.

En entrevista para el trabajo, el subdirector de Rentas, Álvaro Romano, señaló que la solución planteada por el CEF para la determinación de utilidades soluciona "aunque con grandes dificultades" la tributación de negocios entre empresas, pero no las transacciones al consumidor final. Por ello no descartó aplicar IVA o algún otro impuesto específico "con un enfoque pragmático y en atención a intereses de recaudación".

Por otra parte, el trabajo repasa las soluciones aplicadas en otras partes del mundo al problema de gravar las rentas surgidas de las nuevas tecnologías. La OCDE plantea que en ausencia de presencia física en la jurisdicción donde los bienes y servicios se consuman, se puede crear "un nuevo concepto de nexo gravable, basado en lo que denomina presencia económica significativa".

En Estados Unidos se da entre los estados un debate similar al acontecido a escala global, ya que el consumidor y el proveedor suelen situarse en lugares diferentes. Por ello desde 2016 rige una norma que prohibe la imposición de impuestos por más de un Estado para las transacciones virtuales. Mientras que los países de Latinoamérica en general carecen de normativa específica en la materia y aplican normas generales que suelen adaptarlas para situaciones particulares.

Uber financieros: regular sin ir contra.

El Banco Central (BCU) está "trabajando, pensando" cómo debería ser el marco regulatorio de los llamados "Uber financieros" —plataformas electrónicas que conectan inversores con personas que requieren capital— y espera tener algo definido en 2017. El presidente del BCU, Mario Bergara dijo ayer tras participar de un evento sobre telecomunicaciones (ver aparte) que hay componentes de esa plataforma que "ameritarían algún componente de regulación, eso es lo que está en estudio". Bergara señaló que el BCU tiene que "apuntar a generar un marco regulatorio que no sea discriminatorio ni en contra de las nuevas tecnologías ni en contra de los negocios tradicionales. Hay que entender bien lo que estas plataformas hacen y ver a quién regular, cómo fiscalizar y eventualmente cómo sancionar".

La aparición de estos "Uber financieros" hay que verlos "como un proceso de avance tecnológico al servicio de la gente, con los cuidados y los resguardos que la regulación debe tener a efectos de mantener la protección y la confianza de los pequeños depositantes", indicó.

Según Bergara, el desarrollo de las telecomunicaciones ha cambiado el funcionamiento de "buena parte del sistema bancario y financiero" y la aparición de estos "Uber financieros" (también denominados "fintech") "apuntan al financiamiento de pequeños montos, no hay fintech que apunten a financiar un puerto" puso como ejemplo. Eso lleva a que "no va a haber desplazamiento de agentes del sistema financiero actual por las fintech" y que incluso "los bancos, los agentes de valores, van a terminar utilizando estas plataformas", añadió.

A juicio del economista Gabriel Oddone quien también expuso en ese evento, la economía digital plantea un desafío a negocios tradicionales y a la regulación. "Las políticas públicas tienen que adaptarse porque hay muchos de estos sectores (transporte público, bancos, hotelero, etc.) que están regulados", señaló. Las autoridades tendrán que reflexionar sobre "dónde gravar, cómo fiscalizar y cómo regular", agregó.

El eterno femenino de una imaginativa pintora
Empresarios dicen que no se puede regular nuevas tecnologías con criterios de 50 años. Foto: F. Ponzetto

MÉTODO DE RECAUDACIÓN

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad