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¿Qué iglesias y clubes deberán reportar por lavado?

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Controles: inmobiliarias, zonas francas y gestión de sociedades. Foto: F. Flores

El mundo de la transparencia

Decreto establecerá el umbral por el que estarán obligados.

El gobierno está en pleno proceso de reglamentación de la ley integral contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. En ese sentido, el borrador de decreto en "el Capítulo X contempla al sector de las organizaciones sin fines de lucro, que es un nuevo sujeto obligado. Entonces, lo que estamos haciendo es establecer un umbral que indica cuáles serán los sujetos obligados" a reportar operaciones sospechosas de lavado, dijo el titular de la Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), Daniel Espinosa.

En su comparecencia ante la Comisión Especial con Fines Legislativo de Transparencia, Lucha contra el Lavado de Activos y Crimen Organizado, Espinosa señaló que con al establecer un umbral "queremos dejar fuera de la obligación a las organizaciones sin fines de lucro de poco tamaño, como merenderos, porque consideramos que a ese tipo de organizaciones no deberíamos cargarles una estructura de control".

El funcionario explicó que "el decreto refiere" que deberán reportar, las organizaciones sin fines de lucro con activos a partir de "2,5 millones de Unidades Indexadas (UI) —US$ 327.729 a hoy—, y a ingresos, de cualquier naturaleza, al cierre del ejercicio anual, con importes superiores a 4 millones de UI (US$ 524.367 actualmente)", adelantó Espinosa.

"El problema que tenemos es que no conocemos al sector. Entonces, tomamos esa cifra, que es la de los obligados (a registrar a los beneficiarios finales en el Banco Central), pero el decreto también establece que la Senaclaft puede incorporar otro tipo de sujetos obligados", indicó el jerarca.

"Por ejemplo, podría decir más allá de que no superen el umbral establecido que todos los clubes o todas las iglesias tendrán que reportar", agregó.

"En realidad, queda abierta esa posibilidad en función del riesgo que posteriormente se pueda indicar. Lo que sucede es que no tenemos información del sector, y como queremos empezar con algo, establecimos ese importe; sabemos que de esta manera estarán incluidos los clubes de fútbol y las organizaciones importantes", explicó Espinosa.

"Además, el decreto establece que la supervisión de ese sector se hará en forma conjunta e, inclusive, que el Ministerio de Educación y Cultura podrá consultar a la Secretaría para otorgar las autorizaciones para organizaciones sin fines de lucro en casos, por ejemplo, que tengan socios en el exterior o que se perciba algún factor de riesgo", indicó.

Señaló que también se trabajará en forma conjunta con la Secretaría Nacional de Deporte.

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