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¿Cómo es la guía para que gremiales de empresarios y profesionales no caigan en ilegalidad?

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Foto: Shutterstock

Documento oficial

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia emitió una guía para asociaciones (empresariales, de profesionales, etc.) con la que busca que eviten prácticas que la ley de Competencia prohíbe.

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia —un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— elaboró una"Guía de Libre Competencia para Asociaciones Empresariales y Gremiales", ya que estas, además de cumplir un rol "importante" en "el desarrollo industrial y empresarial", por "su naturaleza" y la de sus prácticas "pueden representar un riesgo para la libre competencia en los mercados".

La comisión señaló que "en algunos casos las recomendaciones realizadas" a través de asociaciones empresariales, de profesionales, etc. "en las distintas formas que adopten (oral, escrita, gráfica, formal o informal), pueden ser contrarias a la competencia cuando sean utilizadas para unificar el comportamiento de los asociados".

El documento establece cuáles son algunas de las recomendaciones que son ilegales.

Recomendar precios.

"Las recomendaciones sobre precios, realizadas desde las distintas asociaciones empresariales, pueden ser asimilables en sus efectos a los acuerdos de fijación de precios, la práctica comercial más perjudicial para los consumidores", sostiene la guía.

inversión
Foto: Archivo

"Para minimizar este riesgo, es aconsejable que las recomendaciones no hagan referencia a precios, ni a cantidades, los que deben ser determinados independientemente por los agentes económicos, sin estar alineados a los de sus competidores", aconseja.

Reparto de mercados.

"La colaboración o coordinación entre competidores para que se asignen zonas o cuotas de mercado suele ser considerada anticompetitiva, pues lleva ínsita la intención de no competencia entre empresas rivales", explicó la guía.

Boicots.

"Los boicots son una práctica perjudicial para la competencia, pues consisten en realizar de forma coordinada algún tipo de bloqueo, en contra de uno o varios agentes comerciales, mediante el cual se les excluye del mercado o se les impide competir en el mismo. Este tipo de medidas pueden ser acordadas en el seno de una asociación" y por eso el documento lo marca como actividad prohibida.

Hay dos tipos de boicots, el horizontal y el vertical. El primero "sería el caso en que la acción colectiva limita a los distribuidores de manera que no tengan relaciones comerciales con jugadores del mercado que no sean miembros de la asociación o con miembros de la asociación que no compartan las decisiones de la misma", señala la guía.

El boicot vertical "sería la concertación entre agentes económicos para ejercer presión contra algún cliente o proveedor, con el propósito de disuadirlo de determinada conducta, aplicar represalias u obligarlo a actuar en determinado sentido", añade.

Intercambio de información.

"El intercambio de información entre empresas agremiadas puede también dar lugar a la formación de acuerdos de fijación de precios, de reparto de mercados, etc." indica el documento.

"En la medida que la información intercambiada entre competidores sea sensible desde el punto de vista comercial o refiera al establecimiento de estrategias de comportamiento en el mercado (como información relacionada a la facturación reciente, precios, estructura de costos, gastos en publicidad o inversiones, volúmenes de producción) y a través de ello se reduzca el nivel de competencia entre esos agentes, podría configurarse una práctica contraria a la competencia", advierte la guía.

Plataformas: este año hubo al menos cuatro operando en Uruguay. Foto: Archivo
Foto: Archivo

"Cuanto mayor sea el grado de detalle de la información, existirán mayores posibilidades de predecir el comportamiento de los competidores y ajustar el propio", advierte la comisión y agrega que cuando se trata de información histórica "que ya ha perdido su valor competitivo, en principio no podría afectar las conductas futuras de las empresas".

Por eso, "para minimizar los riesgos" de prácticas ilegales, sugiere que "la información que se intercambia" sea la "histórica y agregada" y que dar esos datos "sea voluntario" para los miembros de la gremial u asociación.

Publicidad.

Si bien generalmente la publicidad de las asociaciones gremiales se enfoca en dar a conocer y fomentar el rubro o actividad de su organización, hay "determinadas decisiones sobre publicidad, tomadas en una asociación, que pueden derivar en problemas competitivos", explica la comisión.

"Si en una publicidad de la asociación se realizan recomendaciones de precios" u otras "condiciones comerciales" se afecta la competencia ya que "se restringe la autonomía de actuación de las distintas empresas", alerta el órgano del MEF. También se afecta la competencia si "en la asociación se imponen restricciones o prohibiciones respecto a la publicidad que los asociados pueden hacer en forma independiente", agrega.

Estandarización.

Las gremiales son un lugar "idóneo" para buscar desarrollar productos y servicios (estándares de calidad, mejoras tecnológicas, etc.) y esto "en general", es "positivo" para la competencia, indica la guía. Pero, "puede ocurrir" que los estándares "afecten la normal competencia". Eso pasa cuando "introducen restricciones innecesarias" como "barreras a la entrada, o donde la adopción del estándar sea obligatorio para todas las empresas miembros de la asociación. Es fundamental que el estándar tenga sustento técnico", afirma.

Algunos Ejemplos hipotéticos de Posibles Prácticas Ilegales

Boicot
Alimentos para celíacos. Foto: Leonardo Mainé

Una gremial recomienda a sus asociados obstaculizar las ventas (o directamente no vender) los productos de otra empresa, o una asociación, con posición dominante de sus socios, dispone que estos no vendan un insumo a un tercero si este le compra a una firma no asociada.

Intercambio
Foto: Archivo El País

Un conjunto de empresas que controla el 89% de un mercado y que conforma una agremiación, decide intercambiar información respecto a la política de descuentos a realizar a sus clientes para determinadas marcas y tipo de producto.

publicidad
Foto: Archivo El País

Una asociación de la industria frigorífica en la que el conjunto de sus socios tiene poder de mercado, decide hacer una campaña publicitaria en conjunto donde además de difundir las actividades de la agremiación, se fija un precio para el principal producto que tienen a la venta.

Reparto
cemento fresco. Foto: Shaw Air Force Base

Una gremial de empresas cementeras, conformada por los principales agentes del mercado, decide que sus asociados se repartan clientes de acuerdo a un esquema de regiones geográficas. No competir en ciertas zonas por una decisión gremial, es ilegal.

Estandarizar
Chip de memoria. Foto: Pixabay

Las empresas que integran una gremial de bienes electrónicos con poder de mercado, acuerdan crear un estándar para un producto que no tiene fundamento técnico, y que trata de evitar la producción o comercialización de otros bienes, restringiendo la oferta.

Barreras

¿Qué es? Una práctica ilegal para las gremiales empresariales o asociaciones de profesionales puede ser la de establecer “barreras artificiales” a sus socios.

Condiciones. Para poder afiliarse a una gremial se exigen ciertos requisitos mínimos a los interesados, pero eso puede “derivar en problemas de competencia, si es que los criterios de afiliación no son claros, objetivos y transparentes o si existe discriminación entre los candidatos”, advierte el órgano del MEF.

Autorregulación. Si bien sería beneficiosa para la asociación, ya que se “tiende a unificar aspectos considerados clave, propendiendo a la mejora de determinados procesos, e incluso de la reputación frente a terceros”, también “puede afectar la competencia, cuando las reglas o estándares fijados para sus miembros afectan injustificadamente la libertad de los agentes en la toma de sus decisiones”, indica.

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