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¿Los free shops podrán vender más productos? El gobierno abrió consulta para establecer lista

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Free shop. Foto: archivo El País

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió en enero de este año un decreto a través del cual busca poner en mayor igualdad de condiciones al sistema uruguayo con el de Brasil.

Con el objetivo de flexibilizar el régimen de venta de los free shops y mejorar su situación -frente a la amenaza que implicó el inicio de las operaciones de las “lojas francas” (tiendas libres de impuestos) en Brasil-, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió en enero de este año un decreto a través del cual busca poner en mayor igualdad de condiciones al sistema uruguayo con el del vecino país. Uno de los principales cambios establecidos es que se faculta al MEF a “establecer la lista de bienes no autorizados a ser comercializados” por los free shops a partir del 1° de enero de 2022.

¿Qué implica eso? Actualmente el sistema funciona con lo que se conoce como “lista positiva” de productos. Es decir, las empresas que están bajo este régimen pueden vender solo lo que está escrito en ella. En tanto, el régimen brasileño funciona con una “lista negativa”, en la que solo se especifican los productos que no se pueden vender y todo lo que esté por fuera es libre de ser comercializado.

Por tanto, la decisión del MEF para que el régimen uruguayo pueda competir con el brasileño fue determinar que a partir del 1° de enero de 2022 se creará una “lista negativa”.

En este contexto, el MEF abrió ayer una consulta pública en la que “se invita a todos los comerciantes nacionales, en especial aquellos localizados en la zona fronteriza, a título individual o en representación de su cámara empresarial, así como a los demás representantes de organismos públicos, academia y sector privado, a realizar aportes y comentarios que contribuyan desde diversas perspectivas y realidades al abordaje de la temática”, relativa a la lista negativa de productos para free shops.

Desde la cartera informaron a través de un comunicado que para realizar aportes, se debe indicar RUT, cédula de identidad o documento válido en el territorio nacional. En relación a los comentarios que se le pueden hacer al MEF, el comunicado explicó que se recibirán todos los aportes que tengan como objetivo “validar, detallar o agregar productos a la lista sometida a consulta”. La consulta pública estará abierta a la recepción durante un plazo de 60 días corridos y las observaciones las recibe el MEF a través del correo electrónico: [email protected].

La modificación de pasar de una “lista positiva” a una “negativa” era un reiterado pedido del sector privado. El secretario de la Cámara de Empresarios de Free Shops y Afines del Uruguay, Carlos Loaiza, había explicado en enero a El País que la “lista positiva” del régimen uruguayo “muchas veces” no se actualizaba de forma lo “suficientemente ágil como para incluir todos los productos que el consumidor demanda”.

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