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La flexibilización de la residencia fiscal para atraer extranjeros enfrenta sus primeros escollos

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Turistas argentinos en Punta del Este. Foto: Darwin Borrelli

CAMBIO

Desde la coalición multicolor le plantean al presidente Luis Lacalle Pou que hay riesgos de incumplir estándares internacionales y la Argentina tomó nueva medida

En su estrategia por atraer inmigrantes que inviertan en Uruguay, el gobierno de Luis Lacalle Pou flexibilizó las condiciones para obtener la residencia fiscal. A los requisitos ya existentes sumó otros dos más flexibles. Uno de ellos exige una inversión en inmuebles de US$ 370.000 posterior al 1º de julio y permanecer 60 días en el año civil.

El domingo en una entrevista publicada en el diario argentino Clarín, Lacalle Pou defendió la flexibilización de las condiciones y dijo que “está dentro de los cánones que han aplicado otros países del mundo. No es nada extraño”.

En la comisión de Hacienda del Senado, la semana pasada hubo un debate entre el equipo económico y la oposición por esta flexibilización.

Uno de los cuestionamientos fue del senador frenteamplista y expresidente del Banco Central (BCU) Mario Bergara quien señaló que se están “ablandando excesivamente los requerimientos incluso a la luz de la OCDE, que plantea que con menos de 90 días de residencia no parece razonable hacerlo”.

Ayer ya directamente fue uno de los socios en la coalición multicolor: Ciudadanos (el sector mayoritario del Partido Colorado) que lidera quien hasta hace 21 días fuera canciller Ernesto Talvi.

El decreto con la exigencia de 60 días “podría no cumplir con estándares internacionales” y “considerarse como un régimen abusivo”, lo que podría llevar a que Uruguay sea “advertido” e “incluido en la lista de países que no cumplen con los estándares mínimos requeridos, con consecuencias negativas para dichos residentes fiscales”, indicó la Ciudadanos a través de una exposición escrita de la bancada del sector.

En la misma -que fue elaborada en consulta con Talvi- se solicita al Poder Ejecutivo que revea el régimen y exija como mínimo 90 días de residencia en vez de 60.

Lacalle Pou había argumentado en la entrevista con Clarín que la intención del gobierno “lejos está cualquier intención de hacer trampa. Yo no invito a hacer trampa. Un presidente que gobierna con la Constitución y la ley no puede invitar a hacer trampa. Así que quienes piensen que Uruguay es un lugar para venir evadir, quiero decirles que no es la idea del gobierno y que no se va a prestar para esas cosas”.

Pero no es el único escollo que surgió a la estrategia de flexibilizar la residencia fiscal.

Es que la Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina (AFIP, organismo que nuclea a la Aduana y a la Dirección General Impositiva) puso criterios más restrictivos para dar la baja de la residencia fiscal en ese país.

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Foto: Archivo
AFIP. Foto: Archivo El País.

¿Por qué esto es clave? Si bien Lacalle Pou explicó en la entrevista con Clarín que la flexbilización en las condiciones para obtener la residencia fiscal uruguaya “no está” dirigida “exclusivamente a Argentina”, el interés de ciudadanos de ese país en obtenerla es creciente.

Pero, para un argentino no alcanza solo con cumplir el requisito de comprar un inmueble de US$ 370,000 o más y permanecer al menos 60 días en Uruguay. Es que si bien de esa forma obtendría la residencia fiscal uruguaya, simultáneamente debe darse de baja de la residencia fiscal argentina o de lo contrario terminará pagando impuestos en los dos países.

En ese sentido, la AFIP reglamentó las formalidades para la pérdida de la residencia fiscal a los fines del impuesto sobre los bienes personales.

Según un análisis para clientes -al que accedió El País- del estudio Passarella Abogados, con la nueva resolución “la AFIP expone que su criterio para la pérdida (es decir darse de baja) de residencia fiscal por permanencia continuada en el exterior es únicamente el establecido por la ley doméstica”.

“De esa manera, por ejemplo, un individuo puede ser residente fiscal en Argentina y en Uruguay en el mismo año fiscal, conflicto que debería resolverse por aplicación del convenio vigente entre ambos países”, indicó.

Sin embargo, explicó que “la armonización” de esta resolución de la AFIP “con normas jerárquicamente superiores vigentes puede terminar dándose en sede judicial, lo que no debería desalentar a plantear la discusión con la AFIP desde el inicio, sobre todo para quienes han decidido terminar su relación directa con el fisco argentino”.

Esto va en línea con lo expresado semanas atrás a El País por el especialista en Derecho Tributario y socio local de la firma Garrigues Latinoamérica, Carlos Loaiza. “Para que la residencia fiscal en Uruguay sea a prueba de balas”, deben atenderse los convenios bilaterales vigentes y por ejemplo en el caso de los argentinos, saber que deben vincularse “genuinamente a nuestro país y trasladar su centro de intereses vitales”, ya que no alcanza con estar 60 días al año, afirmó.

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