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El examen internacional antilavado que rinde Uruguay, llegó hasta la AUF

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Los técnicos de Gafilat tuvieron un encuentro en la AUF, ya que los clubes fueron incorporados a los controles antilavado. Foto: Fernando Ponzetto

EVALUACIÓN DE GAFILAT

Técnicos de Gafilat visitaron el país; para expertos se saldrá con buena nota.

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La última vez que el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) -organismo intergubernamental enfocado en la prevención y combate al lavado de activos- había evaluado a Uruguay en 2009, el país no tenía una ley integral en la materia y los reportes de operaciones sospechosas eran mínimos.

Pasaron los años y la situación de Uruguay cambió, pero también las exigencias globales en materia de control del origen del dinero. Es que la cuarta ronda de evaluación del Gafilat que inició a nivel mundial en 2012, sumó a la revisión de la normativa de cada país un análisis de la efectividad de las leyes. En esos dos puntos, se centrarán los técnicos que evaluarán a Uruguay.

Dicha instancia comenzó a fines del año pasado con una visita de las autoridades de Gafilat, luego la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft) debió responder un extenso cuestionario técnico, y este mes los evaluadores se entrevistaron con representantes del sector público y privado.

Entre el 5 y 17 de mayo, hubo reuniones con organismos del Estado y los distintos grupos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado, como los bancos, corredores de bolsa, inmobiliarios, profesionales como abogados y escribanos, y usuarios de zonas francas. La visita también incluyó contactos con organizaciones civiles, que recientemente fueron incluidas dentro de la obligación de control del origen de los fondos, que abarca a clubes de fútbol, iglesias, partidos políticos y sindicatos.

Esto surge de la ley integral contra el lavado de activos que se aprobó a fines de 2017 y se reglamentó un año después, que también sumó la exigencia de reporte a los abogados y contadores que cumplen ciertas funciones, impuso reglas más estrictas al resto de los colectivos e incorporó a la evasión fiscal como delito precedente del blanqueo de dinero.

En los últimos años, esa norma y la denominada ley de transparencia fiscal vigente desde 2017 -que flexibilizó más el secreto bancario y obligó a identificar los beneficiarios finales de las sociedades locales, entre otras cosas-, son los principales hitos a nivel legal que realizó Uruguay.

Según supo El País, los técnicos de Gafilat visitaron recientemente la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF). “Se pusieron en contacto y mantuvimos una reunión”, confirmó Andrea Lanfranco, integrante del nuevo Ejecutivo y antes secretaria general de la AUF, aunque dijo que el contenido del encuentro es reservado.

También informó que la AUF ya designó un oficial de cumplimiento como obliga la ley antilavado, y que se mantendrán contactos con la Senaclaft para avanzar en la forma de control sobre el dinero que manejan los clubes.

A su vez, el abogado Leonardo Costa, especialista en temas antilavado y que asesora a grupos abarcados por la obligación de reporte, comentó a El País que los evaluadores preguntaban en las reuniones “sobre el relacionamiento con la Senaclaft” y si se tenía en cuenta al sector privado al instrumentar las normativas de control.

Costa dijo que “en general la impresión (sobre este punto) es buena porque se ha discutido mucho” con los actores involucrados. De hecho, la Senaclaft tras la aprobación de la ley integral demoró la reglamentación hasta tener un grado de acuerdo con los sectores, y aún no fijó las reglas para las entidades civiles a la espera de consensuar los métodos de control.

Sobre la hora

En entrevista en diciembre con El País, el secretario antilavado Daniel Espinosa había advertido del “atraso normativo” de Uruguay por aún no aprobar la ley antiterrorismo, que se había enviado al Parlamento en 2016.

“Ahí tenemos determinadas cuestiones que tienen que ver con la tipificación del delito de terrorismo y financiamiento, con las sanciones financieras que aplica Naciones Unidas para personas vinculadas al terrorismo, y con la proliferación de armas de destrucción masiva. Tendríamos que aprobar esa ley” para alinear al país con los estándares globales, explicó.

Previendo una demora (que finalmente ocurrió), Espinosa había aclarado que hasta el 17 de mayo, que culminaba la visita del Gafilat, había tiempo para aprobar la norma. La Cámara de Senadores la votó el 7 de mayo, Diputados el martes pasado y el miércoles 15 fue promulgada por el Ejecutivo.

Con este paso, Costa consideró que Uruguay “queda bien parado” para la revisión de la parte legal, y “es de esperar que no haya grandes observaciones” en ese plano. Espinosa coincidió con el diagnostico: en lo legal “estamos bien, la ley integral contempla todas las vulnerabilidades que detectamos”, y ahora “lo que tenemos que hacer es aplicar mejor e implementar todo (lo aprobado), lo que es un tema de tiempo”.

En esa línea, Costa opinó que puede haber observaciones sobre “temas de efectividad”. Una visión coincidente dio a El País el profesor de Impuestos de la Universidad ORT, Fabián Birnbaum, que anticipó una “buena evaluación, sin perjuicio de alguna observación menor de índole práctica”.

Costa indicó que el grado de cumplimiento o no de estos aspectos dependerá de cómo los técnicos evalúen “los números presentados (por Uruguay) de sentencias” por delitos vinculados al lavado de activos y de reportes de operaciones sospechosas, entre otros datos.

El informe de los técnicos sobre Uruguay, tendrá una instancia donde las autoridades locales pueden realizar sus descargos, y luego será aprobado con las conclusiones definitivas en una cumbre de Gafilat.

MÁS

Las 40 medidas recomendadas

La revisión de Gafilat toma en cuenta las 40 recomendaciones emitidas por el organismo para los países miembros del GAFI (entidad de alcance mundial) e indaga sobre su cumplimiento, habiendo medidas que son de cumplimiento obligatorio. El listado del GAFI se divide en siete capítulos, centrados en temas como la cooperación y coordinación de la secretaría antilavado nacional con los privados, el nivel de delitos y decomisos por casos de lavado, el control sobre el financiamiento del terrorismo y las organizaciones sin fines de lucro, las medidas preventivas que deben aplicarse sobre los fondos en función del riesgo del cliente, la transparencia que existe para la identificación del beneficiario final de las personas jurídicas, las facultades con que cuentan los organismos de control y la cooperación internacional del país.

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