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Dan más plazo para declarar beneficiario

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Banco Central: como contrapartida crece su deuda. Foto: A. Colmegna

Transparencia fiscal

La fecha límite para dar esa información vence el 30 de junio y el Parlamento recientemente votó una extensión, aunque con excepciones.

La ley de Transparencia Fiscal aprobada a fines de 2016 estableció la creación de un registro de beneficiarios finales en la órbita del Banco Central (BCU) y otorgó un plazo para que las sociedades reporten la identidad de sus verdaderos dueños (más allá de quienes figuren como titulares de las acciones).

La fecha límite para dar esa información vence el 30 de junio y el Parlamento recientemente votó una extensión, aunque con excepciones.

"Las sociedades de responsabilidad limitada y los fideicomisos tendrán tiempo hasta el 30 de septiembre para cumplir con dicha obligación, mientras que otras entidades (como por ejemplo los fondos de inversión) tendrán incluso más tiempo, hasta el 30 de noviembre", pero "las sociedades anónimas no están comprendidas en la prórroga, por lo que forzosamente tendrán que informar antes del próximo 30 de junio" sus beneficiarios, explicó a El País el abogado del estudio Bergstein, Guzmán Ramírez.

Según la normativa, la obligación de identificar a sus beneficiarios comprende a las empresas instaladas en Uruguay y también a las firmas extranjeras que tengan bienes en el país con un valor superior a US$ 307.000. Además, están abarcados los fondos de inversión y fideicomisos del exterior cuyos administradores y fiduciarios residan en Uruguay, así como las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro.

El beneficiario final se define como aquella persona que posea, directa o indirectamente, la titularidad del 15% o más del capital o de los derechos de voto de la empresa, o que ejerza el control de la compañía.

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