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Coronavirus: ¿cómo es el ajuste fiscal propuesto previo a la llegada del Covid-19?

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Anuncios: se hicieron por parte del director de OPP, Isaac Alfie, el presidente Luis Lacalle y la ministra de Economía Azucena Arbeleche. Foto: Darwin Borrelli

EL VIRUS EN URUGUAY

Todos los detalles de lo que contiene el decreto firmado por el Consejo de Ministros el miércoles pasado y qué piensa el gobierno.

El Poder Ejecutivo divulgó el decreto con el que puso en marcha el plan de ajuste en el Estado que busca encauzar el déficit fiscal de 4,6% del Producto Interno Bruto (PIB). Ese decreto fue firmado por el Consejo de Ministros el miércoles, previo a la aparición de coronavirus en Uruguay.

Ante esta nueva realidad, algunos analistas recomiendan recalibrar el ajuste para hacerlo más gradual, enfocarse en la actividad económica y tener en cuenta que en vez de achicar, habrá que aumentar el gasto en salud y en subsidios por desempleo.

El director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Isaac Alfie afirmó que “la política económica como tal no (cambia), pero el corto plazo sí. Estamos ante una emergencia en principio”. Entrevistado en el programa Séptimo Día de canal 12, Alfie dijo que “se están tomando medidas. Las medidas implican recursos monetarios. Sobre lo que nosotros teníamos planeado, seguramente va a ser un aumento de gasto. La dimensión de ese aumento no lo podemos saber”.

¿Cuál es el fundamento?

El gobierno fundamenta el decreto en “la situación de elevado déficit fiscal, así como la presión tributaria que pesa sobre la población”.

Esa “presión fiscal derivada del excesivo gasto en función del nivel de ingreso del país, compromete las bases de crecimiento de largo plazo, generando distorsiones que imponen la necesidad de implementar políticas destinadas a racionalizar el gasto público”, agrega.

Según el gobierno “para dar cumplimiento a lo expresado deben implementarse medidas que permitan la utilización eficiente de los recursos correspondientes a los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional (Presidencia y todos los ministerios), así como exhortar a los demás órganos estatales a adoptar medidas análogas”.

Señala que “las leyes de Presupuesto, así como las de Rendición de Cuentas, asignan al Poder Ejecutivo un límite máximo de autorización para gastar, por lo que nada obsta a que este realice la ejecución por debajo del tope legalmente autorizado”.

El decreto fija “el límite máximo de ejecución presupuestal para el ejercicio 2020, en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, en el 85% de los créditos comprometidos del Ejercicio 2019, correspondientes a gastos de funcionamiento e inversiones, cualquiera sea su fuente de financiamiento. Se exceptúa el referido tope a los créditos incluidos en el Grupo 0 ‘Servicios Personales’ y a las partidas de naturaleza salarial”.

Además “para el ejercicio 2020 no se podrá ejercer la facultad prevista en el artículo 36 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005 en la redacción dada por el artículo 58 de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011”. Esto implica que no se podrá hacer uso de economías (si las hubo en 2019) para utilizarlas en créditos de inversión.

Según el decreto, “las insuficiencias presupuestales verificadas para el pago de los suministros serán atendidas con créditos asignados a otros objetos del gasto de las respectivas Unidades Ejecutoras según las normas legales que regulan las trasposiciones”. Es decir, podrán trasponer gastos.

Por otro lado, “el Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la OPP, podrá autorizar las inversiones que superen los topes máximos antes señalados, cuando: a) se verifique que generan ahorros para el Estado y su financiamiento sea compatible con la programación financiera; b) se encuentren en ejecución y su retraso o suspensión impliquen mayores costos para el Estado”, indica.

MEF quiere que salarios se negocien sin claúsulas indexatorias. Foto: M. I. Hiriart
Ministerio de Economía y Finanzas. Foto: Archivo El País.

A su vez, la Presidencia y los ministerios “se abstendrán por el presente Ejercicio 2020 de renovar su mobiliario y equipamiento, así como de incorporar nuevos bienes de tal naturaleza”, indica el decreto.

En cuanto al ingreso de funcionario al Estado, el documento oficial señala que “los cargos vacantes generados al 31 de diciembre de 2019 no podrán ser provistos y, de los que se generen durante el ejercicio 2020, solo podrán ocuparse un tercio”. Esto es, por cada tres que salen entra uno.

“Exceptúase de lo previsto precedentemente los cargos vacantes del personal docente; profesional técnico y especializado de la salud, y del personal dependiente del Ministerio del Interior (escalafón L, subescalafón ejecutivo y especializado), abocado directamente a funciones de seguridad, los cuales en todos los casos podrán ser cubiertos exclusivamente para su desempeño efectivo, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación según corresponda”, añade.

Por otro lado se “prohíbe” la “renovación automática de todos los vínculos de servicios personales de carácter temporal con la Administración Central que no revistan la condición de funcionarios públicos, cualquiera sea su fuente de financiamiento, incluidos los realizados en el marco de acuerdos con organismos internacionales”.

¿Cuánto es el efecto del plan?

A las medidas de ajuste del gasto, se suman las impositivas: la devolución de IVA para compras con tarjeta de débito o dinero electrónico pasa de 4 a 2 puntos y la devolución de IVA para gastos con tarjeta en restaurantes baja de 9 a 5 puntos. Esto redundaría en un incremento de recaudación entre US$ 40 millones y US$ 45 millones. El jueves, la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche señaló que este plan en su conjunto (menos gasto y suba del IVA) tendrá un efecto de US$ 400 millones (0,75% del PIB aproximadamente), pero advirtió que “es difícil determinar esto. Hay que ver cuánto se termina ejecutando” del gasto.

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