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Compra-venta de empresas deberá tener autorización estatal

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El Poder Ejecutivo busca aumentar las restricciones para que los funcionarios no puedan contratar con en el Estado. Foto: archivo El País.

Competencia

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley para "perfeccionar disposiciones" de la ley de Promoción y Defensa de la Competencia, "con la finalidad de fortalecer la protección y el fomento del bienestar de los actuales y futuros consumidores y usuarios", según su exposición de motivos.

El cambio central tiene que ver con las concentraciones económicas. Esto se da cuando una empresa compra a otra (puede ser localmente o internacionalmente y que se incluya la filial en Uruguay) en un mismo sector.

Actualmente, la ley establece que se requiere autorización previa de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas) solamente cuando de la concentración se conforma un monopolio de hecho. En los otros casos, solamente se debe notificar a la comisión, cuando de la concentración una empresa termine acaparando 50% o más del mercado específico.

Ahora, la exposición de motivos del proyecto estableció que llegó "el momento de transitar a un segundo nivel en la política de competencia, en concordancia con las mejores prácticas internacionales, complementando el control de conductas existente con el control de estructuras".

"Esto implica introducir la exigencia de la aprobación previa por parte de la comisión de las operaciones de concentración que puedan plantear un problema a la competencia al establecer estructuras de mercado que la limitan en perjuicio de los consumidores", afirmó el texto.

Así, el proyecto establece que "todo acto de concentración económica deberá ser notificado" a la comisión "para su examen" cuando "la facturación bruta anual en el territorio uruguayo del conjunto de los participantes" sea igual o superior a 750 millones de Unidades Indexadas (US$ 94,4 millones) en cualquiera de los últimos tres ejercicios.

Se consideran fusiones de sociedades, compra de acciones, cuotas o establecimientos. La comisión tendrá 60 días para autorizar la operación, subordinarla al cumplimiento de condiciones o denegarla. Pasados los 60 días sin pronunciamiento, quedará aprobada.

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