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Los cambios que llegaron para pequeñas empresas: ¿qué beneficios y pago de tributos tienen?

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Industria manufacturera. Foto: Pixabay.

IMPUESTOS

Las pequeñas empresas que inicien actividades este año, podrán beneficiarse de los descuentos en los pagos a la DGI y al BPS durante períodos de 12 meses corridos a partir de la apertura.

Este año comenzaron a regir beneficios fiscales y cambios en la forma de facturación para las micro y pequeñas empresas, contribuyentes de IVA mínimo o que tributan bajo el Literal E, al entrar a regir algunos artículos de la ley de urgente consideración.

Por un lado, las pequeñas empresas que inicien actividades este año, podrán beneficiarse de los descuentos en los pagos a la Dirección General Impositiva (DGI) y al Banco de Previsión Social (BPS) durante períodos de 12 meses corridos a partir de la apertura de la misma. De este modo, abonarán sólo el 25% de lo que corresponde los primeros 12 meses de actividad, y el 50% los segundos 12 meses de actividad.

Según la presidenta de la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), Carmen Sánchez, la reducción de los aportes patronales “era una medida que ya existía pero increíblemente estaba asociado al año calendario. Si abrías una empresa en noviembre, la primera exoneración terminaba el 31 de diciembre, haciendo que la mayoría de las empresas no abrieran los últimos meses del año y esperaran a enero, para tener los 12 meses de exoneración de aportes patronales. Lo que propusimos, fue que los 12 meses rigieran desde que la empresa comienza su actividad. Es lo que debería haber sido el espíritu inicial, cuando se tomó esa medida”.

Por otro lado, las pequeñas empresas que se adhieran al régimen de facturación electrónica tendrán dos beneficios más.

En primer lugar, podrán elegir pagar el menor de los importes que les correspondan, entre el pago de IVA mínimo o el 3,3% de la facturación del mes. Las empresas que deban pagar el total del IVA mínimo, ficto fijado en $ 4.380 para el 2021, porque no están comprendidas en los descuentos del punto anterior, les convendrá pagar de acuerdo a lo facturado, siempre que tengan una facturación mensual menor a $ 132.727.

En cuanto a esta medida, Sánchez explicó que estas empresas pagaban un ficto independiente de lo que facturaran, por lo que esta medida es “una forma de favorecer a las empresas más pequeñas” permitiendo que tributen “conforme a lo que facturan”. También sostuvo que “hubiese sido fundamental tenerla vigente en el 2020, porque muchas empresas tuvieron que cerrar cuando vieron la crisis. Quizás una medida como esta, hubiera prevenido algún cierre de empresas”.

En segundo lugar, las empresas más grandes que compren a pequeñas empresas podrán deducir ese gasto del pago de IRAE. “Había un micromundo entre las empresas Literal E, que solo se compraban entre ellas. Veíamos que era una regla que las estaba limitando en su crecimiento y desarrollo. Ahora las empresas que le compren a una Literal E, lo pueden deducir de sus impuestos”, concluyó Sánchez.

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