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Banco Central aclara normativa que venía de la crisis de 2002

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Pesos: El BCU busca controlar el circulante.
Fachada del Banco Central del Uruguay, BCU, nocturna, Mvdeo., foto Fernando Ponzetto, nd 20150728 - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Sobre tercerización de servicios que necesitan aval oficial.

El Banco Central (BCU) informó a las entidades que regula —bancos, aseguradoras, AFAP y fondos de inversión, entre otros— que una serie de servicios tercerizados que contratan no requerirán autorización previa como ocurría hasta ahora.

Hace unas semanas, una circular del BCU aclaró que aquellos servicios que no tengan carácter estratégico y cumplan ciertas condiciones podrán ser contratados sin autorización del regulador.

Mencionó casos como servicios generales; actividades de apoyo administrativo, de investigación y de marketing; servicios profesionales; impresión, ensobrado y distribución de comunicaciones o promociones; guarda, traslado y custodia de ciertos documentos; reparación o mantenimiento de equipos informático, y servicios para el mantenimiento del software.

La nueva norma rige únicamente para servicios prestados por proveedores locales. El abogado Javier Domínguez, gerente de Legal, Cumplimiento y Riesgo de SURA, explicó a El País que este cambio favorecerá la dinámica y fluidez de los negocios para las empresas supervisadas por el BCU. Agregó que la modificación fue bien recibida por toda la industria financiera.

La norma original incluida en la ley 17.613 fue dictada tras la crisis bancaria de 2002 dado que el Banco Comercial tenía su base informática en una sociedad anónima aparte que no era susceptible de controles por parte del BCU. Por ello se estableció que las entidades supervisadas debían solicitar autorización para contratar de terceros, servicios "inherentes a su giro que, cuando son cumplidos por dependencias de la propia entidad, están sometidos a las potestades normativas y control del Banco Central".

Domínguez detalló que el término "inherentes" generaba dudas en los regulados y provocaba que prácticamente todos los servicios contratados fueran informados previamente al BCU a la espera de la autorización, lo que alargaba los tiempos. "Con estas normas, el BCU da más claridad al mercado al indicar qué servicios no requieren su previa autorización y da un marco mayor de seguridad jurídica para las empresas supervisadas", señaló el abogado.

Hacia futuro, Domínguez apuntó que un nuevo paso regulatorio podría pasar por rever las normas vigentes en materia de datos personales y secreto bancario para facilitar la contratación de servicios en la nube —para almacenar archivos en línea— de proveedores del exterior.

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