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Cobertura del BSE para los abogados en el ejercicio de la profesión

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El Banco de Seguros del Estado (BSE) y el Colegio de Abogados del Uruguay firmaron un convenio que beneficia a aproximadamente 5.000 socios de la gremial profesional en la contratación de los productos del BSE.

A través de este convenio, los abogados podrán contratar el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional del BSE, que les brinda cobertura contra reclamos de Responsabilidad Civil derivados de su profesión, por actos u omisiones propias o de sus empleados y que ocurran en el desarrollo de su actividad laboral.

Este tipo de productos está teniendo cada vez mayor demanda a partir de la instalación de una nueva cultura de reclamos por Responsabilidad Civil y el BSE cuenta con una amplia experiencia en seguros para profesionales y asesoramiento técnico preventivo.

Además de la excelente relación precio/beneficios, el producto es muy flexible dado que permite seleccionar la suma asegurada que se desee contratar desde U$S 50.000 en adelante, duplicando la misma sin costo para amparar reclamos múltiples durante la vigencia.

Entre los beneficios que reciben los profesionales que contraten esta cobertura está el asesoramiento legal sin costo aun cuando no se haya formalizado el reclamo, la defensa proporcionada por abogados propios del BSE y la cobertura de todos los gastos que se puedan generar asociados a la tramitación de reclamos judiciales o extrajudiciales.

Además la póliza pone a disposición del profesional asegurado sin costo una suma de U$S 10.000 para indemnizar perjuicios pecuniarios que le ocasionen actos dolosos de sus empleados.

En forma opcional, el profesional puede contratar una extensión retroactiva del período de cobertura, con lo que la póliza amparará errores u omisiones que se hayan cometido hasta 3 años antes de la fecha de contratación del seguro.

También se ha previsto para aquellos profesionales que pasen a situación de jubilación cesando su actividad, la opción de extender la póliza durante un período ampliado de cobertura con tarifa diferencial bonificada amparando hechos acaecidos antes del cese de la actividad.

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