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Casi 50% ya cobró la devolución de IRPF y hay más de 1 millón de declaraciones cargadas; sepa cómo cobrar y si está obligado a hacerla

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Foto: El País
Fernando Ponzetto

CAMPAÑA IRPF

Comenzó la campaña IRPF 2020 de declaraciones juradas y devoluciones automáticas del impuesto por los ingresos obtenidos en 2019.

Los contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con devolución automática por parte de la Dirección General Impositiva (DGI) tienen disponible desde el pasado 8 de junio el dinero para cobrar a través de cuenta bancaria (si optaron por este método) o de Abitab y RedPagos.

Hasta ayer, según datos proporcionados por la DGI a El País habían cobrado la devolución automática del IRPF 113.121 contribuyentes de un total de 236.425 que la tienen disponible.

¿Cómo se cobra la devolución IRPF 2020?
El trabajador no necesita realizar ningún trámite. Simplemente verifica si tiene una devolución de IRPF o no en la web de la DGI para lo que deberá contar con usuario del organismo. Deberá consultar con su cédula donde dice RUT la devolución IRPF 2020 y deberá tener la clave de DGI.

¿Cómo se obtiene la clave? Si ya no la tiene, se solicita en las redes de cobranza RedPagos o Abitab presentando la cédula de identidad. La clave que proporcionan al contribuyente en esos locales para realizar el trámite, es reemplazada (si es que la tiene) por la identificación de ID-Uruguay.

También puede consultar con su cédula de identidad directamente en Abitab o RedPagos y si tiene crédito a favor, ya lo cobra.

La ventaja de tener la clave de acceso a DGI, es que si en el futuro necesita hacer la declaración jurada del IRPF o algún otro trámite ante el organismo, ya le queda.

Si tiene una devolución de IRPF, podrá cobrarla en un local de RedPagos o Abitab o en el banco que haya elegido (si ya hizo la elección en un año previo, no tiene que hacerla nuevamente). En caso de que quiera cobrar la devolución de IRPF por un banco, deberá realizar previamente el trámite de adhesión para cobrar créditos de DGI en la institución bancaria de su preferencia (debe tener cuenta allí).

Otro aspecto a tener en cuenta: si la devolución de IRPF supera las 10.000 Unidades Indexadas (más de $ 46.400), sí o sí deberá elegir una institución bancaria para obtener el dinero.

Un detalle adicional: para cobrar la devolución de IRPF en un Abitab o un RedPagos es necesario concurrir con la cédula de identidad. En el caso de haber elegido un banco, el dinero se acredita automáticamente en su cuenta sin necesidad de presentar absolutamente nada.

Declaraciones juradas de IRPF

Por su parte, desde ayer hay precargadas 1.436.486 declaraciones juradas de IRPF en la web de la DGI y 177.702 declaraciones juradas del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), según la información proporcionada por la DGI a El País.

La posibilidad de chequear la declaración jurada desde ayer, hizo colapsar el sitio web de la DGI durante parte del día. 

Aluvión de visitas al sitio web de la DGI

Ayer por la mañana el sitio web de la DGI se encontraba caído en el primer día en que estaban disponibles para revisar las declaraciones juradas del IRPF y del IASS.

Según la información proporcionada por el organismo a El País, en el primer día de la campaña del IRPF de 2019 se recibieron 71.757 visitas. Ayer, a las 16 horas ya se habían superado las 90.000 visitas.

Anoche en la DGI se estimaba que al final del día se superarían las 150.000 visitas, más que duplicando las del primer día de campaña del año pasado.

La DGI en años anteriores precargaba las declaraciones juradas de aquellos contribuyentes que estaban obligados a realizarla. Este año, el organismo resolvió poner a disposición las declaraciones juradas precargadas de todos aquellos que perciben ingresos, aunque no terminen siendo contribuyentes del IRPF (porque están por debajo del mínimo imponible, entre otros).

Todos los trabajadores dependientes que hayan tenido más de un empleo y sus ingresos anuales superaron los $ 654.795 nominales y los jubilados que percibieron más de una pasividad y hayan ingresado más de $ 654.795 nominales en todo 2019, están obligados a presentar la declaración jurada de IRPF e IASS respectivamente.

A su vez, aquellos trabajadores que tuvieron un único empleador durante todo el año, pero en el mes de diciembre no tuvieron ingresos, deben presentar el documento.

También deberán presentar la declaración jurada de IRPF aquellos que quieran pagar el impuesto como núcleo familiar (sumando el ingreso de la pareja y beneficiándose de un mínimo no imponible más alto), o que quieran descontar el pago de parte del alquiler para vivienda o que quieran descontar parte del pago de la cuota hipotecaria para compra de vivienda.

Por su parte, los trabajadores independientes, profesionales y no profesionales, que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2019 y no hayan tributado Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) por esas rentas deben presentar declaración jurada de IRPF —también IVA Servicios Personales—. Esto es sin importar el monto de ingresos obtenido en el año.

La declaración jurada prevé que una misma persona pueda tener ingresos como trabajador dependiente y como trabajador independiente.

Para hacer la declaración jurada que está precargada en la web de DGI del IRPF hay que seguir una serie de pasos y luego se puede confirmar o modificar los datos, por ejemplo agregando deducciones, créditos por alquiler, o corrigiendo ingresos y retenciones.

La DGI destaca que este paso se resuelve “de una forma muy sencilla y rápida” en la web. Solo se requiere una clave —si es que ya no se tiene una previamente— que se solicita en las redes de cobranza RedPagos o Abitab presentando la cédula de identidad. Esa clave que proporcionan al contribuyente en los locales de cobranza para realizar el trámite, es reemplazada si es que la tiene por la identificación de ID-Uruguay.

En el caso de los jubilados que abonan IASS, podrán acceder desde el lunes en la web de la DGI a una declaración jurada borrador con todos los pagos y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. La diferencia con la información cargada en el caso del IRPF es que estos datos no se pueden modificar, aunque sí se puede agregar el crédito por alquiler. La clave para este trámite también se solicita en Abitab o RedPagos con la cédula.

Personas realizando trámites en la oficina de la DGI. Foto: Fernando Ponzetto
La asistencia personalizada para realizar la declaración jurada de la DGI requiere de agenda previa. Foto: Fernando Ponzetto

Si se tienen dudas sobre la declaración jurada precargada, la DGI puso a disposición la línea telefónica 1344 opción 2, de lunes a viernes de 8 a 20 horas.

Si se prefiere contar con asistencia personalizada en locales del organismo, se requiere agenda previa vía web y hay que hacerlo en la fecha que corresponde al dígito verificador de la cédula de identidad como ya dio cuenta El País junto con la información de en qué casos conviene hacer la declaración jurada.

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