Publicidad

Visiones encontradas en caso de niña que repitió

Compartir esta noticia
Los juristas tienen dos bibliotecas sobre los límites de un juez ante un caso de promoción. Foto: A. Colmegna
Sede del Consejo de Educacion Inicial y Primaria (CEIP) en Montevideo, regularizacion de auxiliares de servicio de escuelas que pasan a ser funcionarios del CEIP, ND 20180102, foto Ariel Colmegna - Archivo El Pais
Ariel Colmegna/Archivo El Pais

EDUCACIÓN Y JUSTICIA

El quid: ¿actitud del juez fue un disparate o una garantía?

Hay una frase que quienes estudiaron Derecho Procesal repiten hasta el hartazgo: "lo que no está en el expediente, no está en el mundo". El juez Gerardo Álvarez se basó en esta premisa para determinar, el pasado 22 de diciembre, que la niña A.B. tenía que pasar a quinto año de escuela aunque el colegio al que asistía pensaba lo contrario. El magistrado tomó como válidas las pruebas que presentó la familia y, sin previa consulta a Primaria o a un perito independiente, dio lugar al recurso de amparo. ¿Hizo lo correcto?

Dicho así "el accionar del juez es un disparate jurídico inconmensurable", dijo el constitucionalista José Korzeniak. "Con los elementos que están a la vista, es insólito que (un magistrado) corrija si un alumno tiene que repetir; está actuando en una competencia que claramente no es suya".

Pero así como cada maestro tiene su librito, también lo tienen los juristas. Juan Ceretta, que es docente en el Consultorio Jurídico y Litigio Estratégico de UdelaR, señaló que "es una falta de cultura democrática sostener que este tipo de hechos, como una repetición o la pérdida de un examen, no pueden ser revisados por la Justicia". La opinión de este profesor se fundamenta en que un juez "es idóneo en derecho, no en educación o ingeniería, y lo que debe garantizar es que se cumplan los derechos".

Ceretta es consciente de que es "bastante nueva" la moda de que la ciudadanía recurra a la Justicia por el derecho a la educación, a acceder a un medicamento o una vivienda. "Antes se creía que los derechos humanos eran solo civiles y políticos; pero hoy prosperan los económicos, sociales y culturales".

Prueba de ello, en los primeros quince años en que Ceretta fue abogado solo presentó dos recursos de amparo. El año pasado, sin embargo, trabajó "en más de 100 casos".

Entonces, ¿si una persona obtuvo mala nota puede ir a quejarse a un juez? "Como poder, puede", explicó el docente. "Eso no quiere decir que la Justicia vaya a darle corte".

En el caso de la niña que repitió, el juez dice en su fallo: "se afectó un derecho esencial que va más allá del acceso a la educación, esto es, el derecho legítimo de todo niño en cuanto a que su esfuerzo escolar pueda lograr ser coronado con el avance en su carrera educativa y en definitiva, que no se le prive anticipadamente (ilegitimidad manifiesta) de su legítimo derecho a la razonable probabilidad y/o posibilidad de hacer frente a un nuevo año escolar".

La explicación del magistrado, más que aclarar los tantos, terminó por enredar aún más el asunto. El "derecho a la trayectoria educativa es, por lo menos, un concepto vidrioso", dijo Pablo Cayota, quien fue designado por los colegios para integrar el directorio del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineed). Según el especialista, "no aplicó el derecho, sino que eligió una de las opciones pedagógicas posibles".

Es que el juez se basó en lo que dijeron los técnicos (psicomotricista, psicopedagogo y neuropediatra) que atendían a la niña de nueve años por fuera del colegio. En lo "sesgado" de esas pruebas se fundamenta buena parte de la apelación del colegio. "¿Puede un juez resolver este conflicto técnico sin apelar a un arbitrio calificado independiente?", se preguntó Cayota.

En el recurso de amparo "el juez puede pedir una pericia independiente, es lo deseable, pero no está obligado" a hacerlo, explicó Ceretta. Cuando el magistrado considera que la verdad surge de las pruebas que presentaron las partes (familia y colegio), "nada le impide tomar postura".

Si el juez entiende que ante él está la verdad ni siquiera tiene por qué consultarle a la ANEP, explicó Ceretta. "Lo que no puede hacer el juez es pedirle a la ANEP que cambie su modelo de enseñanza, o su paradigma de inclusión: sí puede determinar si un derecho no está siendo garantizado".

Hoy, tras los feriados de Carnaval, el expediente saldrá del Juzgado de Familia de 20° Turno. Habrá un sorteo para decidir a cuál de los dos Tribunales de Apelación irá. Una vez designado, comienza un plazo de cuatro días de estudio.

"El Tribunal puede, si así lo entiende, darle participación a Primaria como organismo de control último", explicó Ricardo Pérez Manrique, expresidente de la Suprema Corte de Justicia y exintegrante del Tribunal de Apelación de Familia. En el fondo, resumió, los magistrados tendrán que evaluar si tiene sentido, o no, el amparo "porque no hay otra vía de subsanar una ilegitimidad manifiesta, que rompe los ojos".

Sent 22-12-17 Amparo Educacion Colegio by ElPaisUy on Scribd

MAÑANA

Primaria analizará el alcance del expediente judicial

"Es curioso que los docentes y el consejero de Primaria, (Héctor) Florit, estén preocupados por que la justicia juzgue la forma como los docentes evalúan a los estudiantes, cuando ellos mismos gozan del derecho a recurrir a la justicia especializada para que anule el acto administrativo por el cual son evaluados y calificados por sus superiores". La defensa de la familia de la niña que repitió en el colegio Santa María, argumentó en base al estatuto docente que "no se avasalla la autonomía de la educación cuando la Justicia revoca la decisión de un docente respecto al desempeño de un alumno".

Sin embargo, diversos actores de la educación, entre ellos el Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza Privada, comunicaron que el fallo judicial "lesiona la libertad de cátedra y la autonomía docente". En esa misma línea, la directora de Primaria, Irupé Buzzetti, había dicho a Radio Carve que son los maestros los que están 185 días con los alumnos y que la medida es "absurda" y "alarmante".

El Consejo de Educación Inicial y Primaria analizará mañana el alcance del fallo judicial y el caso en sí. El consejero Héctor Florit había explicado que las dudas sobre la promoción suelen resolverse a la interna del colegio. "En casos excepcionales" puede que intervenga la inspección de Primaria, como sucedió en la niña A.B. Pero es "inédito" que se llegue a la Justicia.

Tanto el constitucionalista José Korzeniak como el profesor Juan Ceretta no recuerdan que haya habido un caso similar en Uruguay. Y con seguridad "será de análisis en la facultad".

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

Justiciaeducación

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad