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Vigencia de ley de armas en espera

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En 2012 para el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, era "urgente" que se aprobara la ley de tenencia de armas. Recién pudo aprobarse dos años más tarde, en agosto 2014. Pero si bien había 90 días para reglamentar la misma, ya van cuatro años de aquel "urgente" y se sigue discutiendo.

El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior trabajan en la reglamentación de la ley, pero no han logrado llegar a un texto en común. Antes de fin de año se preveía tener una reunión para avanzar en un texto único que permitiera sacar a luz la ley, pero la misma no se concretó. Defensa envió su texto de unas 400 páginas a Interior y esta cartera, a su vez, le remitió el suyo de 100 páginas al otro, según dijeron a El País fuentes que conocen las negociaciones. Se espera que en 2016 ambas carteras puedan llegar a un texto en común.

En tanto se advierte que la participación de armas en delitos viene en aumento —tanto en homicidios como en hurtos—, y la sola tenencia de las armas ha crecido exponencialmente. En 2011 la participación de armas de fuego en los homicidios fue del 49%, en tanto que en 2015 se incrementó hasta el 70%. En 2015 se destruyeron 2.600 armas, manteniendo la tendencia del año anterior, según dijeron a El País en el Ejército. Se estima que el número podría incrementarse una vez que se comience a aplicar la ley, ya que se acortarán los plazos en que las armas tienen que quedar bajo custodia previo a destruirlas.

La clave de los dos proyectos reglamentarios es que las personas que tengan armas manejen una "tenencia responsable", ya que se considera que "el arma por sí sola no hace nada", consideran las autoridades.

Dentro del Ministerio de Defensa proponen que una persona para tener un arma de forma legal deba ir a una armería a elegirla, se le realice una prueba balística por parte de Policía Científica y el arma se registre en el servicio del Ejército, además de tener la autorización de la jefatura de Policía correspondiente. Para poder portarla, a estos requisitos se le sumaría una autorización especial que evaluaría el estado físico y psíquico, además de que se exigiría una justificación de por qué se tiene la necesidad de portar el arma. También se testearía su idoneidad en el manejo de la misma.

La ley tipifica delitos y modifica aspectos del Código Penal. Entre estos penaliza con 12 meses de prisión a 12 años de penitenciaría a quienes importen, exporten, adquieran, vendan, entreguen, distribuyan, trasladen o transfieran armas de fuego, municiones y explosivos sin autorización. Asimismo prevé entre tres y 18 meses de cárcel a quien porte armas en lugares públicos sin autorización.

También prevé un plazo de 12 meses a partir de la reglamentación para poder hacer una entrega voluntaria de armas de fuego sin tener que explicar la procedencia, pero este punto tampoco se ha podido implementar a falta de la normativa.

sin reglamentar

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