El Poder Ejecutivo está evaluando la posibilidad de postergar la entrada en vigencia de la denominada "ley de nocturnidad" porque aún no se ha culminado su reglamentación, dijeron a El País fuentes oficiales. Debería comenzar a regir a partir del próximo 1° de julio.
El 13 de febrero pasado el Parlamento sancionó la ley 19.313 que establece que a partir del 1° de julio, deberá pagarse un mínimo de 20% más en sectores como la industria láctea, los hoteles, los restaurantes, el transporte de valores, los cementerios y los peajes.
La norma establece la posibilidad del cambio de horario sin pérdida de compensación, para las embarazadas, o madres, hasta un año después del parto.
La norma establece dos requisitos para que se genere el derecho a la compensación por trabajo nocturno: que el trabajo se desarrolle entre las 22.00 horas y las 06.00 de la mañana, y que lo sea por lo menos durante cinco horas continuas.
El gobierno ha realizado rondas de consultas con empresarios y el Pit-Cnt para recibir opiniones para la reglamentación. En los sectores de actividad que cuentan ya con una "compensación por nocturnidad" en mejores condiciones a las establecidas en esta ley, la norma no se aplicará.
Prevista para el 1°