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¿Cuánto lleva recaudado el MSP de multas por aforos y fiestas clandestinas?

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Efectivos policiales en Montevideo. Foto: Gerardo Pérez.

LIBERTAD MEDIDA EN DINERO

La mayoría de las sanciones no fueron cobradas por demoras burocráticas y el dinero tiene como destino el Fondo Coronavirus.

Los procesos administrativos son largos y tal vez pase un buen tiempo antes de que el Ministerio de Salud Pública (MSP) recaude todas las multas aplicadas durante los más de 16 meses de pandemia, en aquellos casos en que se constató que no se cumplió con la normativa sanitaria.

Pero hay una cifra que la cartera espera cobrar en algún momento: el monto de $ 13.219.430 -US$ 302.504, a valores actuales- como resultado de la aplicación de multas por 9.815 Unidades Reajustables (UR), según una respuesta del MSP a un pedido de acceso a la información pública que hizo El País.

Sin embargo, el ministerio solo ha cobrado, hasta el momento, un total de $ 915.865 -lo que equivale a US$ 20.958-, cerca del 7% del total. El dinero tiene como destino el Fondo Coronavirus, con el que se han afrontado distintos gastos vinculados a la pandemia (ver recuadro).

Entre los pagos ya efectuados se encuentran, por ejemplo, el del arzobispo de Montevideo, Daniel Sturla, quien rompió su cuarentena para despedir el 23 de mayo los restos del fallecido ministro Jorge Larrañaga; y el del propio Partido Nacional, que se responsabilizó por incumplir el protocolo durante el velorio del secretario de Estado. El cardenal abonó $ 40.405 y el partido entregó una suma de $ 270.000.

El resto de los casos, distribuidos en un total de 32 expedientes, todavía no tienen resolución, porque los usuarios tienen posibilidades de apelar las sanciones o presentar descargos, y eso puede llevar varios meses.

Las razones de las multas son tan variadas como la reglamentación que fue produciéndose conforme fueron pasando los meses desde que el gobierno declaró la emergencia sanitaria, en marzo de 2020. Desde incumplimiento de aforos en locales comerciales o espectáculos públicos, pasando por reuniones masivas en la calle sin respetar el distanciamiento o el uso de tapabocas -cuando rigió una ley que prohibía las aglomeraciones (ver aparte)-, hasta situaciones como las ocurridas en la despedida de Larrañaga o la realización de las famosas fiestas clandestinas, comunes durante el verano.

Según señalaron a El País fuentes de la cartera, las detección de las fiestas irregulares -cuya cantidad no está detallada en la respuesta a la solicitud de información, así como ningún otro detalle- fue lo que motivó multas más altas: hasta 1.000 Unidades Reajustables, que equivale a US$ 30.596.

Operativo en Maldonado para evitar aglomeración de turistas. Foto: Ricardo Figueredo
Operativo en Maldonado para evitar aglomeración de turistas. Foto: Ricardo Figueredo

Más fiscalización.

El desafío que supuso para el MSP el volumen de fiscalizaciones que hubo que hacer desde que llegaron los primeros casos de COVID-19 a Uruguay implicó una “sobrecarga” de trabajo para los fiscalizadores que tiene actualmente la cartera, señalaron las fuentes.

De hecho, cuando el ministro Daniel Salinas asumió, en marzo, había 12 funcionarios en lo que hoy se llama Dirección General de Fiscalización, que vino a sustituir la División de Fiscalización, en el marco de una política que buscó poner foco precisamente en esta tarea y potenciarla.

“La creamos en la Ley de Presupuesto y ahora está en vías de reglamentación. Durante estos meses van a estar entrando más inspectores, por lo que estamos en proceso de continuar fortaleciendo el área”, dijo a El País el subsecretario de Salud, José Luis Satdjian. Ahora hay un total de 16 inspectores y se prevé llegar a 50 funcionarios al final del período, para lo cual ya hay llamados a concurso.

La transformación que lleva adelante el MSP no es sencilla. La secretaría arrastra desde 2016 la carencia de herramientas y de personal para llevar adelante los controles necesarios, entre otros motivos por los bajos salarios que había en ese momento en esa división.

Y es más, la administración frenteamplista de entonces llevó adelante una reforma que planteaba sustituir las inspecciones por la presentación de declaraciones juradas por parte de los inspeccionados.

Pero la gestión del ministro Salinas propone un signo diferente. “Nosotros planteamos en la campaña (en 2019) fortalecer y jerarquizar el control sanitario, no de la pandemia, sino de todo el sistema de salud”, continuó Satdjian.

En efecto, en la Memoria Anual de 2020, las autoridades ministeriales plantean “desarrollar un sistema centralizado de fiscalización que permita generar información confiable, trazable y oportuna para la toma de decisiones, que dé garantías al administrado y a la población en genera”.

Para eso, el documento adelantó un “nuevo esquema para el ejercicio de las funciones inspectivas en todo el territorio nacional”. Satdjian recordó en ese sentido que el MSP “tiene la orden de controlar” toda una gama de ámbitos que comprende “farmacias, puertas de emergencia, hospitales, policlínicas, clínicas privadas y laboratorios”. Y agregó que, tal como está previsto, el proceso en marcha en la cartera tendrá la consecuencia natural de “eventualmente aumentar la recaudación”.

Lo recaudado es para el Fondo Coronavirus

Todo el dinero recaudado en las multas aplicadas por el Ministerio de Salud Pública tiene como único destino el Fondo Solidario COVID-19, también llamado Fondo Coronavirus, creado el 8 de abril de 2020 para financiar las acciones del gobierno tendientes a paliar las consecuencias económicas generadas por la emergencia sanitaria. De todas formas, el aporte es ínfimo comparado con lo recaudado por el fondo hasta el momento. En el proyecto de Rendición de Cuentas que envió el Poder Ejecutivo semanas atrás, y que hoy se discute en la Cámara de Diputados, se informó que el fondo recibió, durante 2020, $ 41.197 millones -más de US$ 942 millones-. De este total, se gastaron $ 38.362 millones, casi US$ 878 millones. Las fuentes de abastecimiento han sido, en un 85%, préstamos contingentes otorgados por organismos multilaterales. El 15% restante se compone del rubro “otras contribuciones”, en donde entran los recursos reunidos en los impuestos a salarios y jubilaciones públicas.

Operativo en Punta del Este para evitar aglomeración de turistas. Foto: Ricardo Figueredo
Operativo en Punta del Este para evitar aglomeración de turistas. Foto: Ricardo Figueredo

Saldo final: hubo 7.586 reuniones disueltas

Fueron seis meses de vigencia de una ley atípica en la legislación uruguaya, porque limitó -transitoriamente- uno de los derechos esenciales: el de reunión, consagrado en el artículo 38 de la Constitución.

La norma, que tuvo desde un comienzo el rechazo del Frente Amplio, rigió desde el 21 de diciembre del año pasado hasta el 21 de julio de este año, y contó en el medio con tres extensiones del plazo, aprobadas por el Parlamento.

En ese lapso, en que estuvo prohibida toda “concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público” en donde la gente no respetara los mínimos protocolos sanitarios, el Ministerio del Interior debió intervenir en 7.586 aglomeraciones, de acuerdo a cifras oficiales a las que accedió El País. En todas esas instancias, además de la Policía también se presentaron en los lugares funcionarios municipales y personal del Ministerio de Defensa. Los organismos actuaron juntos en el ámbito de los Centros Coordinadores de Emergencia Departamentales (Cecoed), como lo indicaba la reglamentación de la ley. Y en cada uno de los casos, las autoridades decidían si solo se debía advertir a las personas acerca de la prohibición o si se notificaba al MSP sobre lo ocurrido.

Es que la ley no tenía, de por sí, ninguna sanción penal, aunque sí contemplaba explícitamente que el Poder Ejecutivo podía aplicar sanciones que consistían desde un apercibimiento u observación hasta multas que iban de 30 a 1.000 Unidades Reajustables. En efecto, según datos del MSP divulgados en mayo, hasta esa fecha la secretaría de Estado tenía en trámite 408 casos de concentraciones ilegales de personas; o sea, situaciones en las que no se había respetado el distanciamiento físico ni el uso de tapabocas, y había responsables debidamente identificados y con pruebas suficientes de sus conductas.

Según reconoció entonces la cartera, en muchas ocasiones, “tratándose de transeúntes, y ante la dificultad de aplicar sanciones económicas de cobro efectivo”, los funcionarios solían “priorizar informar al involucrado sobre los riesgos de la conducta en cuestión y, de existir negativa, (se procedía a) la dispersión”.

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