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Asociación de Salones de Fiesta rechazó "resolución tribunera" que ofreció la IMM

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Salón de fiesta. Foto: Flickr.

ASFU

"Son decisiones arbitrarias sin consultar al sector, y que solo beneficiarían a un porcentaje mínimo de salones", indicó la asociación a través de un comunicado.

La Asociación de Salones de Fiesta del Uruguay (ASFU) emitió un comunicado en el que rechazó "terminantemente la resolución tribunera que ofreció la Intendencia de Montevideo" a través de la propuesta denominada "Modo Bar".

"Son decisiones arbitrarias sin consultar al sector, y que solo beneficiarían a un porcentaje mínimo de salones, ya que la mayoría de ellos no cuenta ni con la logística ni con el equipamiento para cumplir dicha función", indicó la asociación a través de un comunicado.

El presidente de ASFU, Javier Abal, indicó ayer a El País que la opción propuesta desde la comuna no es parte de su rubro. "Nosotros no hacemos eso, somos salones de eventos. No tenemos un bar, entonces es una adaptación medio forzada", explicó.

Como contrapartida, plantearon la necesidad de que la intendencia los exonere "de forma retroactiva" de todas las tasas y los impuestos que pagan  los dueños de los salones de fiesta desde el 13 de marzo de 2020, día en que fue declarada la emergencia sanitaria.

En la misma línea consideraron de principal relevancia tener "una reunión con la Secretaría General de forma urgente para avanzar hacia una solución" que sirva a todos.

El comunicado de ASFU llega luego de que los representantes de la asociación se reunieran en la tarde de ayer junto con funcionarios de la comuna. En ese encuentro solicitaron que queden detalladas de forma "clara y por escrito" cuáles serán las tareas que podrán realizar en el marco del plan "Modo Bar".

El viernes de la semana pasada, la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, resolvió autorizar que los salones de fiesta puedan "funcionar exclusivamente en el giro bar, café, restaurantes o casas de comida" hasta "la fecha en que se disponga la rehabilitación de los espectáculos públicos por parte de las autoridades nacionales".

Sin embargo, la resolución 1403/21 indica que se "podrá limitar o suspender de forma temporal o revocar el funcionamiento autorizado en caso de observarse algún incumplimiento". En caso de "transgredir" las normas establecidas, la comuna impondrá multas "de 4 a 350 U.R".

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