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Para sindicatos de DGI, BPS y Aduana cambios al IRPF "son insuficientes"

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La Asociación de Funcionarios de Impositiva, la de Trabajadores de la Seguridad Social y la de Funcionarios de Aduana sostienen quedeben adoptarse "medidas que tengan un efecto real en la liquidación del impuesto".

Los sindicatos del área tributaria (DGI-BPS y Aduana) emitieron este miércoles un comunicado en el que manifiestan que "los cambios que el Poder Ejecutivo pretende instrumentar" con el proyecto de ley sobre la reforma a la liquidación del IRPF son "totalmente insuficientes, tal como lo manifestó el PIT-CNT", actualmente enfrentado con el gobierno por este tema.

La Asociación de Funcionarios de Impositiva (AFI), la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS) y la Asociación de Funcionarios de Aduana (AFA) señalan también que "las expectativas de la ciudadanía en este tema fueron de una rebaja significativa en el IRPF, como consecuencia de un cambio en la forma del cálculo del impuesto anual".

"Este proyecto no contempla los cambios que se esperaban y no cambia sustancialmente lo existente, dado que únicamente incluye el posible cambio de franja que pueda surgir al momento de incorporar el aguinaldo y el salario vacacional en la liquidación anual", señalan.

Según estos sindicatos, "la rebaja significativa se logra, si las partidas del salario vacacional y el aguinaldo, realmente son separadas en la liquidación anual de las restantes partidas salariales y se le aplica nuevamente el mínimo no imponible y las escalas progresivas".

En el comunicado también expresan que además de las mencionadas partidas consideran que "existen otras que también deben ser excluidas de la liquidación anual, como es el caso de las partidas por compromiso de gestión, ya existente en algunos organismos del Estado y que el Poder Ejecutivo pretende incluir para toda la Administración Central".

Los sindicatos sostienen que deben adoptarse "medidas que tengan un efecto real en la liquidación del impuesto".

Las medidas que proponen los sindicatos del área tributaria:

-Separar en forma efectiva el aguinaldo y salario vacacional de la liquidación anual y que tengan cada una su propia liquidación por separado, aplicando el mínimo no imponible y las escalas progresionales.

-Incorporar a dicho régimen de liquidación a otras partidas, como los compromisos de gestión en el sector público.

-Incrementar el mínimo no imponible que actualmente es de 7 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) de acuerdo a la Ley 18.910 (15/06/2012) la cual en su artículo 4 faculta al Poder Ejecutivo para aumentar el mínimo no imponible a 8 BPC.

-Incorporar nuevas deducciones al IRPF tales como: gastos de educación; gastos de salud adicionales; consumo de servicios públicos (UTE, ANTEL y OSE) y otros gastos.

-Que la actualización de las BPC se hagan por el Índice Medio de Salarios y no por el IPC a fin de no aumentar la carga sobre los trabajadores porque de esta manera el mínimo no imponible aumenta menos que el salario medio.

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Dirección General Impositiva

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