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Se regulará la situación de los apátridas

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PROYECTO DE LEY

El Poder Ejecutivo presentó el anunciado proyecto de ley para reconocer y proteger a las personas apátridas, a las que se define como aquellas que no son consideradas como nacionales por ningún Estado.

El artículo 2 de la iniciativa establece que toda persona apátrida tendrá derecho a solicitar y recibir protección co-mo tal en el territorio nacional. El artículo 4 señala que el Estado facilitará la reunificación familiar de las personas en esta condición.

Los funcionarios que cumplan tareas de control en frontera no podrán impedir el ingreso el país de ninguna persona apátrida.

Todos quienes soliciten el reconocimiento de su condición de persona apátrida tendrán derecho a que se les expida un documento de identidad provisorio expedido por la Dirección Nacional de Identificación Civil del Ministerio del Interior hasta que recaiga una decisión definitiva sobre su pedido.

En Uruguay el Ministerio de Desarrollo Social tiene identificadas a unas 25 personas apátridas. Se calcula que a nivel mundial hay unos 10 millones. La Organización de las Naciones Unidas estableció como meta que para 2024 no debería haber más apátridas y todas las personas deberían ser reconocidas como nacionales de un estado.

La Comisión de Refugiados será el órgano competente en todo lo vinculado a las personas apátridas.

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