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Procesan a jerarca por contratar a hermana

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Hospital Policial tuvo en la mira por posible ébola a dos pacientes por un mes. Foto: Archivo.
RECORRIDA POR EL HOSPITAL POLICIAL LUEGO DEL INCENDIO, FOTO HIRIART, ND 20100208 - MARIA INES HIRIART / DIARIO EL PAIS
MARIA INES HIRIART / DIARIO EL P

Dirigía un área de Interior. Su hermana no tenía título.

Un jerarca del Ministerio del Interior fue procesado sin prisión por la jueza de 13° Turno, Ana Ruibal, por los delitos de conjunción de interés público con el privado y usurpación de título.

El acusado contrató a su hermana en un cargo relacionado con las evaluaciones y promociones de policías, entre otras funciones. La hermana carecía del título de psicóloga en Uruguay, según el expediente judicial. Ella también fue procesada sin prisión por un delito de usurpación de título.

El auto de procesamiento de la jueza Ruibal, al que tuvo acceso El País, señala que el jerarca del Ministerio del Interior "vulneró" la transparencia de la Administración pública y sostuvo que su hermana "ejerció en forma indebida" un título.

Con respecto a la actuación del jerarca, Ruibal entendió que este se interesó en forma privada o intervino en una negociación que "es incompatible con su situación". Es decir, influyó en un contrato sin denunciar ni informar la vinculación que tenía con su hermana.

En el expediente "quedó probado" que el acusado contrató los servicios profesionales de su hermana, señala el auto de procesamiento.

La jueza concluyó que el acusado violó el Tocaf (normas administrativas) porque estaba imposibilitado de contratar con un familiar hasta en cuarto grado.

No revalidó.

Ruibal sostuvo que la conducta observada por la indagada L.A. se adecua a las disposiciones del artículo 167 del Código Penal que establece: "El que se abrogara títulos académicos y ejerciera profesiones que en su desempeño se requiere habilitación especial, será castigado con pena de multa". Este delito tiene dos modalidades de concreción: abrogarse un título académico y ejercer una profesión.

La magistrada dijo que la indagada cumplió con la carrera equivalente de Psicología en España. Por lo tanto, agregó, es una profesional en dicha área.

La jueza reconoció que la imputada cursó posgrados y especializaciones sobre psicología. "Sin embargo, la misma ejerció dicha profesión en territorio nacional a través de la contratación como profesional psicóloga (en el Ministerio del Interior) mediante un contrato de arrendamiento de servicios", expresa.

La jueza insistió en que la acusada ejerció la profesión de psicóloga sin haber efectuado las revalidación del título en Uruguay.

Sostuvo que la procesada no se atribuyó un título aunque sí ejerció como si tuviera un diploma de psicóloga con el cual "no se hallaba ni se halla legítimamente habilitada", ya sea por desconocimiento de los procesos a realizar como sostuvo la defensa, el penalista Leonardo Guzmán.

Ruibal indicó que la acusada no efectuó la reválida del título en cuestión, ya que tenía que recursar 20 materias para obtener el título de psicóloga en Uruguay.

"Se defiende el interés del público del riesgo que implica el ejercicio de una profesión sin estar suficientemente capacitada para ello", dijo.

El fiscal del caso, Gustavo Zubía, manifestó su conformidad con el fallo de procesar a ambos acusados, aunque advirtió que analiza apelar porque cree que estos debieron ser con prisión.

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Hospital Policial tuvo en la mira por posible ébola a dos pacientes por un mes. Foto: Archivo.

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