Preservar un cráneo condujo a la verdad

EDUARDO DELGADO

Roberto Gomensoro Josman fue detenido en Montevideo la noche del 12 de marzo de 1973 por fuerzas policiales y militares. Tenía 24 años, era militante del Movimiento 26 de Marzo y del gremio de la Facultad de Agronomía. Después de esa fecha y hasta el 2002, su nombre fue parte de la lista de desaparecidos.

El 19 de marzo de 1973, en el lago de Rincón del Bonete (Tacuarembó) fue hallado un cadáver atado con alambres, rodeado con una malla y asegurado con tres piedras. La Policía notificó del hecho a la jueza de Paso de los Toros, que dispuso que el médico de servicio hiciera una autopsia y un relevamiento fotográfico en la morgue. Posteriormente, autorizó la exhumación del cuerpo solicitado por ese profesional con fines de proseguir el peritaje y en abril de 1975 archivó el caso.

En noviembre de 1985, Marta Josman solicitó desarchivar el caso para que lo examine su abogado y así se hizo. En mayo de 2001, el Servicio Paz y Justicia pidió nuevamente el desarchivo y la Intendencia de Tacuarembó abrió un expediente administrativo, con la finalidad de exhumar los restos para su identificación; luego la comuna presentó una denuncia.

Como parte de la indagatoria, declaró el médico que en 1973 hizo la autopsia al cuerpo no identificado y admitió que el cráneo de ese cadáver estaba en su poder, que lo guardó en su consultorio para preservar la prueba.

El entonces juez de Paso de los Toros y la actuaria fueron al domicilio del médico, en la ciudad de Tacuarembó, quien les entregó un cráneo y la mandíbula inferior del mismo. En 2002, análisis de ADN y estudios antropométricos realizados permitieron verificar que correspondían a Gomensoro Josman.

La investigación continuó y una fiscal pidió el procesamiento del médico que preservó el cráneo durante 28 años, por el delito de vilipendio de cadáveres. La solicitud fue rechazada por la jueza que ahora tramita el caso, que consideró prescripto el delito.

Pero la fiscal apeló la decisión y al vilipendio sumó los delitos de falsificación de documento público y encubrimiento, considerando que ninguno prescribió. El 11 de septiembre, el Tribunal de Apelaciones penal de 1° Turno, confirmó la decisión apelada y desestimó el planteo de la fiscalía.

Por unanimidad, para los ministros, "no puede hablarse de dolo, puesto que no surge que el médico haya tenido el propósito, la intención de vilipendiar el cadáver de un absoluto desconocido".

Agregan que la fiscal olvida que gracias a que el médico preservó el cráneo "en forma excelente, como afirman los técnicos, se pudo realizar la prueba de ADN y determinar que el cuerpo hallado era el de Roberto Gomensoro Josman".

"De haber sido enterrado el cráneo con el resto del cuerpo muy probablemente hubiera desaparecido junto con éste, como surge de las excavaciones realizadas en el cementerio de Tacuarembó, así como en otros lugares de probables enterramientos, cu-ya búsqueda de restos de desaparecidos continúa al día de hoy", señala la sentencia.

Respecto a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, que la fiscal pretende aplicar a la conducta del médico, el tribunal afirma que para ello debería entenderse que el médico tuvo algún grado de participación en la desaparición, tortura o muerte de Gomensoro, "lo que no parece serio", y "no hay elemento alguno que permita siquiera suponer tal extremo".

En 2006, en un cementerio de Argentina fue identificado el cuerpo de Hugo Gomensoro Josman, hermano de Roberto y desaparecido en 1976.

Al filo de la ley

delito de vilipendio de cadáveres

ficha

Tribunal de Apelaciones en lo penal de 1° Turno.

Fecha: 11 de septiembre de 2008.

Redactora: Milka Núñez.

Ministros: Núñez, Alberto Reyes y Ángel Cal.

Situación: Pedido de procesamiento de un médico que preservó el cráneo de un desaparecido en marzo de 1973, por el delito de vilipendio de cadáveres.

Fallo: Desestima la solicitud de procesamiento.

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