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Presentan proyecto de ley para usar millas de viajes oficiales en pacientes

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El senador nacionalista, Javier García propuso un proyecto de ley para hacer uso de las millas generadas en los viajes oficiales en pacientes que requieran atención en el exterior del país.

García hizo público el proyecto este martes en el Parlamento donde dijo que "el Estado uruguayo compra con fondos que son públicos pasajes aéreos para que sus funcionarios participen en misiones oficiales en el exterior del país".

Allí el senador adujo que "sumando los tres poderes del Estado son un número muy importante de viajes al año. Las compañías aéreas tienen como política acreditar a los pasajeros “millas” que se acumulan en una cuenta personal del titular del pasaje para comprar con ese beneficio otros pasajes en esa compañía".

Para el senador es "obvio que en el caso de los funcionarios el pago del pasaje se hace con fondos públicos, pagados por toda la sociedad. Si bien el “titular” del pasaje es una persona determinada, no viaja ni por motivos particulares ni su pasaje es pagado por él. Por lo tanto no corresponde que a partir de un pasaje pagado por el Estado, luego se genere un beneficio personal".

En ese sentido García indicó que  "la sociedad es testigo de campañas públicas dónde se pide apoyo y donaciones para solventar viajes al extranjero para la realización de tratamientos médicos. Incluso el propio Estado a través del Ministerio de Salud Pública y la Cancillería recibe consultas de ese tipo".

"Por este proyecto de ley lo que se busca es dar un destino social y solidario a un beneficio (las millas) que actualmente quedan entre los funcionarios públicos que viajan en misión oficial" aseguro el legislador nacionalista.

El proyecto de ley consta de seis artículos redactados a continuación: ?

Artículo Nº 1 - Todo funcionario público, de cualquier jerarquía o Poder del Estado, que viaje al exterior con pasaje aéreo financiado con recursos públicos, deberá volcar las millas otorgadas por la compañía aérea a un sistema general administrado por el Fondo Nacional de Recursos.

Artículo Nº 2 - Las millas acumuladas en el Fondo Nacional de Recursos se destinarán a la compra de pasajes aéreos para pacientes que requieran viajar para la realización de tratamientos o procedimientos médicos o quirúrgicos. El paciente o un familiar responsable deberá solicitar el beneficio fundado en las razones médicas del tratamiento en el exterior pudiendo para ello adjuntar los asesoramientos que estime pertinentes, y además deberá demostrar su imposibilidad de solventar por medios propios el pasaje. El FNR será encargado de evaluar y aprobar o denegar la solicitud fundadamente. Se comprende en este beneficio a un acompañante por paciente.

Artículo Nº 3 - El Fondo Nacional de Recursos administrará las millas aéreas procediendo a establecer los mecanismos administrativos que las oficinas públicas deberán seguir con los operadores aéreos o agencias de viaje al momento de la compra de los pasajes para sus funcionarios.

Artículo Nº 4 - En el caso que no existiera un convenio marco con los operadores aéreos o agencias de viaje, los funcionarios beneficiarios de pasajes pagados por el erario público una vez en poder del pasaje deberán hacer saber ante la compañía aérea su calidad de funcionario estatal para que se destinen las millas al sistema mencionado en el artículo 1º. En caso contrario quedarán expuestos a las sanciones administrativas o judiciales que correspondan.

Artículo Nº 5 - Anualmente el Fondo Nacional de Recursos deberá publicar la cantidad de personas a quienes se les compró pasajes aéreos por este mecanismo, detallando empresas aéreas y cantidades otorgadas de millas.

Articulo Nº 6 - El Fondo Nacional de Recursos no tiene ninguna obligación de pagar pasajes por los motivos detallados si se diera la circunstancia de agotar la cantidad de millas aéreas a su disposición.

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Javier García. Foto: Archivo El País

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