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Se reglamentó la ley de empleo por discapacidad y esto es lo que hay que saber

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La oposición destacó la inconveniencia de los dichos de Manini sobre la Justicia. Foto: Gerardo Pérez

Reglamentación

La ley fue aprobada en el senado en octubre del año pasado y se puso un plazo de 90 días para su reglamentación.

El gobierno emitió el decreto reglamentario de la ley N° 19.691 de empleo por discapacidad que se aprobó en octubre pasado y estableció los criterios que deberán cumplir las empresas antes del 17 de noviembre de este año.

¿Quién debe contratar personas con discapacidad?

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Todos los empleadores que tengan 25 o más empleados. Si una empresa cuenta con 500 o más empleados el 3% del equipo deberá estar compuesto por personas con discapacidad; entre 150 y 500 trabajadores, 2% del total; y entre 50 y 150, 1% del total de la planilla deberá tener discapacidad. 

¿Cómo se hace la contratación?

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Según el decreto las empresas deberán dar difusión al llamados de personas con discapacidad. u201cDeberá difundirse adecuadamente por parte de la empresa que dicho llamado comprende a personas con discapacidad que reúnan las condiciones e idoneidad para los cargos de que se trate y, en su caso, el número mínimo de puestos que se prevé cubrir con tales personas en esa convocatoriau201d, dice el artículo 3.

Para este caso la empresa que tenga que emplear puede solicitar al Mides 
"que le suministre datos de posibles postulantes a los puestos de trabajo, que reúnan las condiciones e idoneidad para acceder a los mismos", dice la ley. 

¿Qué puede pasar si no cumplen con la contratación?

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Las empresas que no cumplan con las contrataciones establecidas podrán ser multadas e incluso clausuradas.

Si al momento de la contratación no pudieron cumplir con lo establecido, las empresas contarán con un plazo de 12 meses para hacerlo. Además deberán comunicar el hecho a la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social. También debe presentar un plan para informar cómo piensa cumplir con lo previsto. 

¿Cómo una persona discapacitada puede acogerse a la ley?

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El Ministerio de Desarrollo Social conjuntamente con el Ministerio de Salud Pública son los encargados de certificar que la persona tiene alguna discapacidad. 

Se dispone de un tribunal compuesto por al menos un médico, un psicólogo y un trabajador social , que a su vez- dependiendo de qué tipo de discapacidad evalúen tiene la persona- podrá contar con psiquiatras, fisiatras, piscomotricista, terapeutas, entre otros, para emitir el diagnóstico. 

¿Y si requiere ayuda?

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La reglamentación también estipula que el Ministerio de Desarrollo Social implementará los apoyos que requieran las personas con discapacidad para el cumplimiento del trabajo. Los mismos, según la ley, abarcan "aspectos tales como adaptaciones, identificación de compañeros y compañeras mentores o apoyos naturales".

Además los trabajadores podrán solicitar ayuda a su empleador y "éste deberá autorizarlo.  

¿Y la accesibilidad?

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Los empleadores pueden solicitar a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad social un asesoramiento técnico para la accesibilidad. 

La ley cuenta con una Comisión Nacional de Inclusión Interna que es la que se encarga de constatar el cumplimiento de la ley.  

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