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"Podemos sacarlo perfectamente", dijo Heber sobre artículo de autocultivadores en Rendición de Cuentas

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Luis Alberto Heber, ministro de Transporte y Obras Públicas. Foto: Leonardo Mainé.
Nota a Luis Alberto Heber, Ministro de Transporte y Obras Publicas, Montevideo ND 20201230 foto Leonardo Maine - Archivo El Pais
Leonardo Maine/Archivo El Pais

INTERIOR

"Lo que nosotros queremos son las direcciones de los clubes cannábicos para distinguir lo ilegal de lo legal", dijo el ministro del Interior.

El ministro del Interior, Luis Alberto Heber, se refirió este martes al artículo 72 de la Rendición de Cuentas y aseguró que está dispuesto a realizar modificaciones con respecto a los autocultivadores de cannabis.

"El artículo habla no solamente de los clubes cannábicos sino del autocultivo", expresó el ministro en rueda de prensa. "El autocultivo generaría no solamente la dirección de quien cultiva, sino de quien consume y eso genera ruido, (por tanto) podemos sacarlo perfectamente", agregó. 

Heber indicó que este aspecto está entre los temas que quiere mencionar durante la Comisión de Seguridad y Convivencia del Senado y aseguró: "La intención no era crear un registro". 

"Lo que pasa es que con el autocultivo están las dos personas, el que cultiva y el que consume. Pero estamos dispuestos a sacar eso. Lo que nosotros queremos son las direcciones de los clubes cannábicos para distinguir lo ilegal de lo legal", enfatizó. 

El jerarca reiteró que el objetivo de la legalización de la venta y plantación de marihuana en general fue "combatir al ilegal mediante la legalización de la plantación. Entonces qué cuesta saber dónde están, para saber qué es lo legal". 

La inclusión del artículo 72 en la Rendición generó molestia en diferentes esferas y uno de los primeros en criticarlo fue Daniel Radío, quien está a cargo de la Secretaría Nacional de Drogas. 

"Este artículo es el mal y el mal tiene sanción quirúrgica, se extirpa", expresó en diferentes oportunidades. 

El texto indica que se podrán realizar inspecciones y controles regulares y que "solo la información relativa a la identidad de los titulares de los actos de registro tendrá carácter de dato sensible".

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