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Piden retirar datos del colono que discutió con el presidente

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Vázquez mantuvo una durísima discusión con el colono Gabriel Arrieta de Kiyú. Foto: A. Colmegna

FILTRACIÓN INTENCIONAL DE DATOS

Institución de Derechos Humanos dice que la Presidencia se extralimitó.

Tirón de orejas para la Presidencia de la República. Ayer la Institución Nacional de Derechos Humanos emitió un comunicado que cuestiona que se difundiera en la web información sobre el colono Gabriel Arrieta que mantuvo una dura discusión callejera en febrero pasado con el presidente Tabaré Vázquez y aconseja que se la retire.

En una resolución de siete carillas la institución sostiene que "Presidencia de la República difundió información de carácter público de forma no adecuada y (...) tal proceder podría ocasionar efectos inhibitorios al pleno ejercicio de los derechos a la libertad de expresión e información y el derecho a la protesta pacífica". "Dicha conducta constituye un apartamiento por parte del Estado uruguayo de sus obligaciones de defensa, promoción y protección del derecho a la libertad de expresión de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Constitución Nacional, artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ar-tículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos entre otras normas que integran el Bloque de Constitucionalidad vigente en la República", señala.

Arrieta que había pedido el amparo de la institución dijo anoche a El País que la resolución es "un palito" para el Poder Ejecutivo y que se comunicó con su abogado Gustavo Salle para analizar si puede ser un elemento a utilizar en una eventual demanda al Estado.

La resolución indica que "utilizar la página web de Presidencia para la difusión de datos de una persona que critica públicamente al Gobierno, no es el medio adecuado para defender la investidura o la persona del Presidente de la República". "De convertirse esta práctica en habitual, resultaría una amenaza a la libertad de las personas a manifestar opiniones o informaciones contrarias al gobierno o a los actos de los gobernantes, limitando así la participación activa en el debate democrático", advierte. "En este caso, si bien no ha sido probado por parte del denunciante que terceros lo hayan molestado o causado perjuicio a causa de sus manifestaciones, el mero riesgo de que ello ocurra ya es suficiente para considerar que el Estado no debe realizar acciones que lo expongan a tal situación", agrega.

El secretario de la Presidencia de la República, Miguel Toma, había enviado una comunicación a la institución el 16 de marzo en la que explicaba que la información se colgó de la web de Presidencia "para que la ciudadanía pudiera sacar sus propias conclusiones" y en el entendido de que no se vulneraban los derechos de Arrieta. La información señalaba que este debía dinero al Instituto Nacional de Colonización y a UTE.

El caso Castellini.

Por otra parte, expertos cuestionaron que se filtrara información (presumiblemente desde el Estado) sobre los antecedentes penales de Gustavo Castellini, el hombre que vino de Salto con su hijo y al que el Mides negó refugio el sábado. Adrián Gutiérrez, profesor de Derecho Administrativo en la Universidad de la República e integrante de la firma Baker Tilly, dijo a El País que se trata de una situación "en la que se utiliza información que el Estado tiene en su poder para fines que no son aquellos para los que se obtuvo la información", y eso constituye una "desviación de poder", un concepto que la doctrina acepta y que se ha reflejado en la normativa vigente, lo que podría generar una demanda al Estado.

Paralelismo con el caso del colono

Gutiérrez señaló que "aún si se considerara que la información de antecedentes penales de Castellini no es confidencial, esa información solamente podría ser utilizada por la administración pública para los fines para los cuales se obtuvo". "¿Cuál es la finalidad en este caso? Parecería ser desprestigiar a una persona", consideró el experto. En el caso del colono Gabriel Arrieta (ver nota aparte), entiende que se divulgó información claramente confidencial sobre la situación patrimonial del colono.

Para el constitucionalista Martín Risso primero "se debe verificar que el Ministerio del Interior filtró los datos, lo que hoy no está probado, y habría que preguntarse, en primer término, si lo hizo voluntariamente, y si fue así habría una segunda interrogante: ¿qué fin persiguió al filtrar?".

"Si el fin perseguido no es lícito o no puede superar el juicio de proporcionalidad, a mi juicio, será irregular la actuación del Ministerio. Sería algo parecido a lo que ocurrió con un colono hace poco", comentó Risso. "La pregunta es ¿por qué se filtra información de esta persona y de nadie más? Ahí es donde puede haber fin ilícito", consideró.

El abogado Miguel Pezzutti escribió en Twitter: "Las políticas sociales sirven al bien común. Y por eso, si no sirven a todos, no sirven. No es admisible justificar las falencias del sistema con aspectos propios de la vida privada de los beneficiarios".

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