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Negociación colectiva divide al gobierno, cámaras y al Pit-Cnt

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Consejos de Salarios. Foto: archivo El País.

CONFLICTO

No hay consenso en cambios que el Poder Ejecutivo plantea a dicha ley.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) instó a mediados de este año al gobierno a modificar la ley de negociación colectiva antes del 1° de noviembre y enviar un proyecto de ley al Parlamento en “consulta plena” con el Pit-Cnt y las cámaras empresariales, tras una queja ante el organismo internacional que presentaron los empresarios.

Sin embargo, a días de que termine el plazo fijado por la OIT, algunas de las modificaciones que propone el gobierno en base a lo que pidió el organismo generan división entre las partes. El 13 de agosto, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) envió a las cámaras y a la central sindical una propuesta con las consideraciones de la OIT en la que solicitó una “opinión expresa y fundada” dado que todavía no había una comunicación.

En su respuesta, la Cámara de Industrias y la Cámara Nacional de Comercio y Servicios advirtieron que “el documento que nos fuera remitido, difiere sustancialmente del comprometido, por las más altas autoridades del ministerio presentes en la reunión tripartita” del 9 de agosto tras el fallo de la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT. En la misiva a la que accedió El País, los representantes de ambas cámaras también manifestaron su “preocupación sobre el alcance que para el gobierno tiene la expresión ‘medidas legislativas’ ya que los representantes” de la propia secretaría de Estado “manifestaron dudas”, advierten.

El presidente de la Cámara de Industrias, Gabriel Murara dijo a El País que “le pedimos de entrada (al gobierno) que redactara un proyecto de ley y nunca lo hizo”.

Murara señaló que lo único que prenteden las cámaras es hacerle lugar al pedido de la OIT: “Nosotros no queremos nada distinto y no vamos a levantar la queja por curitas parciales”, añadió en referencia a la intención del gobierno -según entiende- de modificar solo algunas de las iniciativas planteadas. El País intentó comunicarse sin éxito con el ministro de Trabajo Ernesto Murro y el secrtario general del Pit-Cnt, Marcelo Abdala.

Las propuestas

A instancias de la OIT, el gobierno plantea revisar seis artículos de la ley N° 18.566 que regula el sistema de negociación colectiva. Se trata del artículo 4 sobre el deber de la información, el literal D del artículo 10 sobre las potestades del Consejo Superior Tripartito (integrado por delegados del gobierno, de los empleadores y de los trabajadores), el artículo 12 sobre las competencias de los Consejos de Salarios y el artículo 14 sobre la negociación en caso de que no exista un sindicato de la empresa. También se plantean modificaciones a la definición del alcance del registro y publicación de los convenios colectivos y resoluciones de los Consejos de Salarios, al artículo 12 sobre la inclusión de condiciones de trabajo en la negociación y el artículo 17 sobre la ultractividad de los contenidos de los convenios.

En todos existen marcadas diferencias según constató El País comparando la respuesta de uno y otro. Por ejemplo, mientras que el gobierno y las cámaras empresariales plantean derogar el inciso D del artículo 10 sobre las potestades del Consejo Superior Tripartito, el Pit-Cnt plantea que el mismo debe “considerar y pronunciarse sobre cuestiones relativas al funcionamiento de los Consejos de Salarios, así como en todo aquello que le fuera planteado de común acuerdo por las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores”. Ocurre que desde las cámaras objetan que el Consejo tenga potestad para “considerar y pronunciarse” sobre los niveles de negociación colectiva bipartita y tripartita. Otro de los puntos más polémicos es el que refiere a la competencia de los Consejos de Salarios en el que el Pit-Cnt entiende que “no debe introducirse cambio alguno dado que no viola el convenio 98 de la OIT”. Sin embargo, en las cámaras sostienen que “debe volverse a la redacción original” en el entendido que “las normas internacionales ratificadas por Uruguay, en ningún caso autorizan la intervención del gobierno en el ajuste de las remuneraciones, sino que únicamente lo hacen respecto de la fijación de los salarios mínimos”.

Tampoco parecen ponerse de acuerdo sobre la representatividad de los trabajadores de una empresa cuando no exista una organización que los nuclee. Para la central sindical, “cuando no exista organización de los trabajadores, la legitimación para negociar recaerá en la organización más representativa de nivel superior siempre y cuando esta cuente con delegados sindicales en la empresa”. Sin embargo, para las cámaras “la representación de los trabajadores a fin de que puedan ejercer su derecho a negociar colectivamente deberá recaer en representantes electos a esos efectos”. En este punto, el gobierno “propone considerar la supresión de dicha habilitación”. Las negociaciones siguen, pero aún no hay consensos.

Empresarios consideran que “no hubo muchos avances”

Las etapas de coordinación de trabajo entre el gobierno, las cámaras y el Pit-Cnt se vienen cumpliendo como estaba previsto, sin embargo, los empresarios consideran que “no hubo muchos avances” en el tema, indicó una fuente a El País. La OIT instó a preparar en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores una memoria para presentarla a la Comisión de expertos antes del 1° de septiembre de 2019, informando detalladamente sobre las medidas adoptadas para realizar progresos en la plena aplicación del Convenio en la legislación y la práctica”.

En ese sentido la OIT “instó al gobierno a iniciar medidas legislativas antes del 1° de noviembre de 2019, previa consulta plena con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores y teniendo en cuenta la recomendación de los órganos de control de la OIT”. La resolución de la OIT si bien no es de cumplimiento obligatorio sí da señales al resto de los países y en especial a los inversores de cómo se observan las relaciones laborales en cada país.

El gobierno tiene tiempo hasta el 1° de noviembre

Si bien desde las cámaras empresariales aseguran que el proyecto que el gobierno debe enviar al Parlamento para modificar la ley de negociación colectiva puede redactarse en cuestión de 24 horas, lo cierto es que la propuesta debe quedar pronta antes del 1° de noviembre y aún no hay consenso de las partes. Así lo instó la propia Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuando a mediados de este año y en plena campaña electoral falló a favor de los empresarios para que se modifique la normativa.

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