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La lectura de un proyecto que acabó en un polémico debate sobre "apariencia delictiva"

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La Constitución prohibe que la apariencia física sea un determinante de las actitudes del Estado, salvo cuando pueda constituir un delito. Foto: Archivo El País

ANTEPROYECTO DE LA LEY DE URGENCIA

La periodista brasileña radicada en Montevideo, Denise Mota, cuestionó el término u201capariencia delictivau201d que figura en el anteproyecto de ley de urgencia del gobierno electo.

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Todo comenzó con una discusión en un programa de televisión. La periodista brasileña radicada en Montevideo, Denise Mota, cuestionó el término u201capariencia delictivau201d que figura en el anteproyecto de ley de urgencia. u201cVos entrás a una tienda en la que hay miles de personas, hay un negro, el de seguridad va a mirar al negrou201d, dijo la comunicadora que, como afrodescendiente que vive en uno de los barrios con mayor número de afros (Palermo), ha sufrido la discriminación.

Del otro lado de la mesa, en el estudio de canal 10, estaba el diputado nacionalista (ahora senador electo) Jorge Gandini. El legislador señaló: u201cHay una apariencia; determinada gente que tiene tatuajes, usa una gorrita y tiene un piercing, da una tipología que el guardia de seguridad a lo mejor mira más que a otrosu201d. Y su frase, que era parte de una defensa de la ley, se hizo viral: el recorte del video superó las 150.000 reproducciones en menos desde el 24 de enero.

El anteproyecto en cuestión no habla de apariencia delictiva, sino de u201chechos de apariencia delictivau201d. La letra, que coincide con la ya vigente en el código actual, refiere a la conducta y no a la apariencia física. Pero el debate ya estaba dado: ¿existe la u201capariencia delictivau201d?

La Constitución prohibe que la apariencia física sea un determinante de las actitudes del Estado, salvo cuando pueda constituir un delito (es el caso de una persona que se desnuda, en su sano juicio, en la mitad de un jardín de infantes). Pero lo que u201csí existe en parte de la sociedad y del Estado es la conducta de manejarse en base a los prejuicios y las aparienciasu201d, criticó Juan Faroppa, directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Faroppa lo cuenta con un ejemplo que sucedió a fin de año. Dos jóvenes iban en moto por Casavalle. La Policía los paró, por un operativo. El diálogo, recreado por el directivo de la Inddhh que recibió la denuncia fue algo así:

-¿De dónde robaste la moto, Pichi?, preguntó el uniformado.

-De ningún lado, la compré.

-¿La libreta de propiedad?

-Acá está (el joven muestra el documento).

-¿La libreta de conducir?

-Acá está.

-¿El seguro contra accidentes?

-Acá está el sticker pegado.

-¿El papelito de ese seguro?

-Acá no lo tengo.

-Sos un plancha, seguro que ese sticker lo robaste de otra moto. Acompañame.

Los jóvenes fueron trasladados a la seccional policial, les anotaron la descripción física en la u201clibreta de conducidosu201d (la Policía sigue usando las variables de u201ccutisu201d y u201ccolor de ojosu201d) y u201crecién los liberaron a las horas con la moto rota por los golpesu201d.

Según Faroppa, la Institución recibe al año u201cvarias denunciasu201d en que la apariencia delictiva es la clave. u201cSucede con la población migrante: van a la Policía a denunciar un hecho que les ocurrió en una pensión y los denunciantes terminan siendo denunciados por aparienciau201d. Aquello de u201cel negro habrá sido, ahora se amplió a más estereotiposu201d.

El Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos no se va a pronunciar, por ahora, sobre el anteproyecto de ley en general. Recién lo hará cuando se formalice el ingreso del proyecto al Parlamento. Pero ayer, en su sesión, la directiva decidió que convocará a una reunión de trabajo con organizaciones de la sociedad civil y de la academia para relevar los posicionamientos respecto al anteproyecto.

Faroppa solo se limitó a criticar la frase del ministro del Interior electo, Jorge Larrañaga: u201cUn ministro no puede decir que u2018al que no le gusta la palabra represiónu2019 se la va a tener que tragaru2019u201d.

La Constitución prohibe que la apariencia física sea un determinante de las actitudes del Estado, salvo cuando pueda constituir un delito. Foto: Archivo El País
La Constitución prohibe que la apariencia física sea un determinante de las actitudes del Estado, salvo cuando pueda constituir un delito. Foto: Archivo El País

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