Publicidad

La Corte Electoral observa a candidatos

Compartir esta noticia
Corte Electoral en Montevideo
Corte Electoral en Montevideo.
Foto: Archivo El País

Se pronunciará hoy

El organismo entiende que se violó la ley, pero Sartori lo niega.

 La Corte Electoral se pronunciará hoy sobre la denuncia contra el precandidato presidencial del Partido Nacional, Juan Sartori, y el candidato del Partido de la Gente, Edgardo Novick, por hacer publicidad electoral por fuera de los plazos legales vigentes, señalando que han “violentado la ley”, dijeron a El País fuentes del organismo.

En su reunión habitual de los días miércoles, el colegiado de ministros que encabeza José Arocena va a hacer lugar, tras conocer informes de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec), a la denuncia efectuada por el sector del Partido Colorado Compromiso Vamos, lista 200010, de Pablo Ferrari.

Los informantes indicaron que en la resolución de la corporación “va a haber un pedido de corrección de procedimientos porque se considera que se ha violentado la ley” que permite la publicidad electoral en determinados plazos antes de las elecciones internas de los partidos políticos.

Negación.

En estos días, Sartori se presentó ante la Corte Electoral para pedir que se rechace la denuncia en su contra por, supuestamente, haber violado la veda de publicidad electoral.

Sartori sostuvo, en un escrito, que la denuncia de Ferrari “carece de fundamentos razonables, por lo que debe desestimarse por ese alto cuerpo”.

El precandidato aduce que el denunciante incurre en un “error de interpretación de la ley”, a lo que agrega que “de manera escueta en su libelo, revelando total falta de responsabilidad, el denunciante se limita a hacer meras afirmaciones, en titulares, pero no desarrolla ninguna interpretación de las normas legales que, supuestamente, he infringido”.

Sartori sostiene que la denuncia “es falaz” y argumenta que los spots objeto de la misma no promueven candidatura ni partido político alguno y defiende que su divulgación se ampara en el artículo 29 de la Constitución de la República, que es el que protege la libre expresión del pensamiento.

En ese sentido, el precandidato nacionalista se pregunta “¿en qué palabra o imagen (de los spots comentados) puede apoyarse la conclusión de que hay algún llamado a la adhesión o afiliación, con el fin último de una votación para un cargo electivo?

La legislación establece cuánto antes de las internas se puede hacer propaganda.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad