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Juan Andrés Roballo aseguró que el fallo de la Justicia "amordaza" a Ernesto Murro

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Prosecretario de Presidencia, Juan Andrés Roballo. Foto: EFE

TRAS RETIRO DE NOTAS

En su opinión era el deber del ministro de Trabajo Ernesto Murro contestar a los dichos de Azucena Arbeleche y consideró que en una apelación la situación la decisión "se va a revertir totalmente".

El prosecretario de la Presidencia de la República, Juan Andrés Roballo, consideró que las notas publicadas en la web oficial -y que debieron ser retiradas tras un fallo de la Justicia- no eran "declaraciones político partidarias" y que, en cambio "hubo una exacerbación pública".

En su opinión era el deber del ministro de Trabajo Ernesto Murro contestar a los dichos acerca de las calificadores emitidos por Azucena Arbeleche, quien podría ser la ministra de Economía si Luis Lacalle Pou ganara las elecciones. "Fue una afirmación falsa, errónea y terriblemente negativa", consideró en diálogo con el programa radial Informativo Carve.

"Le sale a contestar y se le amordaza ahora porque en vez de hacerlo en un canal privado lo hizo en el medio de comunicación oficial", indicó Roballo y añadió que Presidencia ya bajó las notas pero que considera que "en la apelación se va a revertir totalmente".

Roballo indicó que las notas fueron retiradas porque respetan a la Justicia, pero que si la misma situación ocurría dos años antes "esto no pasaba", indicó para hacer referencia a que se trató de un hecho político.

"En ningún momento ni (Danilo) Astori ni Murro dicen: 'Y en este momento del proceso electoral vote al Frente Amplio'. Eso creo que no se podría hacer, que no debería hacerse aunque no está prohibido legalmente". 

El juez Carlos Waldemar Aguirre fue el encargado de hacer lugar a la acción de amparo presentada por el Partido Independiente y de condenar a la Secretaría de Comunicación Institucional de Presidencia a retirar las dos notas.

Además, Aguirre le pidió a Presidencia que u201cse abstenga de subir a su página web publicaciones que tengan que ver con el acto eleccionariou201d del 27 de octubre.

El fallo del juez indicó que la ilegitimidad en estudio u201cdeviene clara, evidente, inequívoca y grosera, prácticamente se prueba de inmediatou201d. Esa ilegitimidad se manifiesta u201cpor conculcar el principio de libertad, su relación con las prohibiciones constitucionales y el libre ejercicio de obrar de los partidos políticosu201d.

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