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IMM multa con $ 78.000 al Partido Nacional por no quitar cartel publicitario de 18 de Julio

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La propaganda política estaba en la esquina de 18 de Julio y Vázquez. Foto: Marcelo Bonjour

SANCIÓN

La Intendencia advirtió que el cartel instalado a la altura del tercer nivel de un edificio que allí se encuentra no cumplía con la normativa vigente sobre publicidad en vía pública.

La Intendencia de Montevideo resolvió esta semana aplicar una multa de 65 Unidades Reajustables ($ 78.000) al Partido Nacional por la instalación de un cartel publicitario en 18 de Julio y Vázquez, con la leyenda “Verónica Presidente”.

La Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación de la Intendencia advirtió que el cartel instalado a la altura del tercer nivel de un edificio que allí se encuentra no cumplía con la normativa vigente sobre publicidad en vía pública.

La multa es el fin de un proceso que se inició en 2018, cuando el 21 de diciembre de ese año se notificó al Partido Nacional, el cual solicitó en reiteradas oportunidades un plazo para retirar la publicidad.

“Realizado el relevamiento fotográfico se constató que dicho cartel no ha sido retirado y el plazo para la prórroga solicitada y otorgada, venció el día 28/06/2019, por lo que corresponde aplicar una multa de UR 65 por instalación de un elemento publicitario sin permiso alguno y apartamiento de la normativa en los parámetros para elementos publicitarios”, señala la resolución municipal.

Actualmente, el cartel denunciado no se encuentra más en ese sitio.

“La División Administración de Ingresos, de conformidad con lo informado, entiende que corresponde el dictado de una resolución que aplique una multa de 65 UR al Partido Nacional, por no cumplir con la normativa vigente en materia de Publicidad”, agrega la resolución firmada por el intendente Christian Di Candia. La notificación fue enviada a la casa del partido, ubicada en la calle Juan Carlos Gómez.

De acuerdo a la normativa municipal, las multas hasta 70 UR pueden ser aplicadas por la Intendencia sin solicitar la anuencia de la Junta Departamental. A su vez, el digesto no le permite a la IMM imponer multas superiores a las 350 UR.

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