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1.830.000 habilitados para votar en elección del BPS en medio de polémica por obligatoriedad

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Elecciones de BPS. Foto: Archivo El País

28 DE NOVIEMBRE

Quienes deben votar son los afiliados pasivos, los activos y las empresas contribuyentes; las multas por no sufragar van de los $ 1.362 a los $ 27.240 para las empresas.

Después de la Nacional y la Departamental, la elección del Banco de Previsión Social (BPS) es la más importante del país por el número de habilitados para votar: 1.830.000 personas. Tendrá lugar el domingo 28 de noviembre, cuando se elegirán los representantes de los afiliados activos, los pasivos y las empresas ante el Directorio. Los primeros titulares por estos tres órdenes fueron escogidos en 1992, durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle. La elección tiene lugar cada cinco años y el voto es obligatorio.

Fuentes de la Comisión Organizadora del BPS dijeron a El País que son 1.041.503 los activos, 590.889 los pasivos y 198.301 las empresas contribuyentes habilitadas para votar. La multa general por no hacerlo será de 1 UR ($ 1.362) y de 2 UR ($ 2.264) para los funcionarios públicos y profesionales. En tanto, la sanción para las empresas pluripersonales (que votan a través de un mandatario) va de 6 a 20 UR (de $ 8.172 a $ 27.240), dependiendo de la cantidad de empleados que tengan. Hasta el 27 de enero se podrán presentar descargos para justificar el no voto.

Hay 5.011 circuitos en todo el país y el escrutinio arrancará una vez que cierren las mesas, después de las 19:30 horas. “Estimamos que va a ser un escrutinio muy fácil al haber tan pocas hojas registradas, por lo que no demoraría mucho el resultado”, anticiparon las fuentes.

Si bien desde hace varios días está habilitada la búsqueda en el padrón para saber si una persona está habilitada para votar, desde esta semana estarán en la página web de la Corte Electoral los circuitos para saber dónde hacerlo.

Obligatoriedad del voto

Hace exactamente diez años, cuando se discutía la obligatoriedad del voto en las elecciones del BPS, el entonces presidente José Mujica no pudo sufragar porque su credencial no figuraba en el padrón electoral. Eso hizo que el exsenador, que para esa fecha llevaba un año ocupando el sillón presidencial, criticara a la Corte Electoral y al BPS. Mujica no estaba en el listado porque para estar habilitado y votar como activo debía tener un año en la Caja de Jubilaciones. El padrón había cerrado el 30 de junio de ese año. Y el presidente había asumido el 1° de marzo, por lo que todavía no había cumplido el año. Tampoco había llegado a completar los 12 meses como senador al haber renunciado para candidatearse a la Presidencia.

En días pasados, el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, se pronunció en contra de la obligatoridad de esta elección. Incluso dijo que no le parece sensato que haya sanciones económicas en caso de no votar.

El vicepresidente del BPS, Daniel Graffigna, reconoce que el debate sobre la obligatoriedad sigue instalado después de muchos años, pero considera que la instancia es buena para la democracia y fortalece a la institución. “Creo que es una elección muy importante. Para mí los representantes sociales le agregan mucho al Directorio del Bancos de Previsión Social, cada uno con su impronta”, dijo Graffigna a El País.

El jerarca, que viene actuando como nexo entre el BPS y la Corte Electoral para esta instancia electoral, señaló que la institución no participa de la promoción de los candidatos, pero dijo que “tal vez en el futuro, el Estado, a través de los medios públicos, podría ayudar a difundir las propuestas”.

“Creo que hay un dato histórico importante. Si bien en la elección de 2016 votó el 76% de los habilitados, lo que se recoge de ahí es una cantidad de votos anulados y en blanco muy importante. Estamos hablando de cifras que en algunos de los órdenes superan el 40%. Es un dato muy significativo”, agregó.

para tener en cuenta

Mayores de 75 años no están obligados

Quienes deben votar en la elección del domingo 28 son los afiliados pasivos, los activos y las empresas contribuyentes. No están obligados a hacerlo y no deben presentar ninguna justificación por ello: trabajadores, jubilados y pensionistas y titulares de empresas unipersonales, mayores de 75 años, y los titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el Banco de Previsión Social, cualquiera fuere su edad. Estas excepciones no se aplican a las personas designadas como mandatarios para representar a las empresas.

La Corte Electoral ordenará a los electores por departamento, en función de la serie y número de su credencial cívica (o de su domicilio en caso de que carezcan de ella, solo aplicable a extranjeros). El voto es secreto, obligatorio y personal dentro de cada orden. Y el afiliado que pertenezca a dos o más, deberá votar en todos los órdenes cuyos padrones efectivamente integre. Las empresas que fueron habilitadas para votar al 28/02/2021, deben hacerlo, aunque clausuren sus actividades luego del cierre del padrón. Todas las firmas contribuyentes, sean pluripersonales o unipersonales, tienen derecho a un solo voto.

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