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Fiscalía española se opone a extraditar a uruguayo, exmilitante comunista, acusado de torturas

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El uruguayo Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del partido comunista reclamado en su país durante la vista. EFE

AUDIENCIA ESTE LUNES

Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del Partido Comunista, es reclamado por delitos de lesa humanidad y torturas en el periodo de la dictadura.

El uruguayo Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del partido comunista reclamado en su país durante la vista. EFE
El uruguayo Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del partido comunista reclamado en su país durante la vista. EFE

La Audiencia Nacional española celebró este lunes la vista de extradición del uruguayo Fleming Julio Gallo Sconamiglio, exmilitante del Partido Comunista y delator de sus compañeros, reclamado en Uruguay por delitos de lesa humanidad y torturas en el periodo de la dictadura cívico-militar (1973-1985).

La Fiscalía considera prescritos estos hechos conforme a la legislación española y, por ello, se opone a la extradición.

En su informe previo, el Ministerio Público observa que el delito de lesa humanidad entró en vigor en España en 2004, mientras que los hechos por los que se reclama a este uruguayo, detenido en abril en un pueblo de Huesca, se prolongaron hasta 1979. Por ello, entiende que es de aplicación el principio de irretroactividad de la ley penal.

De este modo, si bien los delitos de lesa humanidad son de "naturaleza imprescriptible" y esa prescripción por tanto no afectaría a la legislación uruguaya, sí que afecta "al Derecho penal español", al no existir tipificado ese delito hasta 2004.

Por tanto, expone la Fiscalía, "dado que los hechos se sucedieron a lo largo del mes de agosto de 1979 hasta el día 17 de ese mes y año, en cuya fecha las víctimas fueron liberadas", habrían prescrito conforme a la legislación española el 17 de agosto de 1999.

Según la reclamación, a Gallo se le atribuye haber participado en la detención ilegal y las torturas a las que fueron sometidas varias personas, en agosto de 1979, en las dependencias de los Fusileros Navales (FUSNA), dependiente de la Armada Nacional de Uruguay.

Por su parte, Gallo Sconamiglio se proclamó inocente de esos cargos ante la Justicia española y se negó a ser extraditado, alegando que cuando se produjeron los hechos estaba en prisión. Así lo expuso en la vista de extradición, celebrada hoy.

Además, el fiscal observó que la demanda de extradición "adolece de falta de precisión y pulcritud".

La defensa de Gallo, que llegó incluso a pedir que se condene al gobierno uruguayo en costas por el tiempo que ha estado su cliente en prisión, compartió el mismo argumento del fiscal para oponerse a la entrega y consideró que existe un "trasfondo político" que actúa también de barrera en esta extradición.

Si bien al tratarse de una extradición el tribunal no entra en el fondo de los hechos, el abogado quiso destacar que su cliente es inocente porque cuando ocurrieron los crímenes de los que se le acusa estaba preso y tampoco era funcionario público.

Circunstancia esta última de la que la defensa de Gallo pidió que quede constancia a los efectos de valorar su conducta, ya que en Uruguay "se trabaja bajo dos hipótesis": a los delitos cometidos por personas privadas les acoge la amnistía pero no así a los funcionarios, señaló.

A su juicio, lo que hay detrás de esta reclamación es un "trasfondo político", ya que cuando estuvo preso tuvo que declarar en contra de compañeros suyos y esa colaboración era entonces una colaboración con la Justicia "y eso no es un delito".

Su abogado cree que se montó "esta extradición tan aparatosa con el fin de saldar cuentas por esas delaciones cuando Gallo estaba en prisión".

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