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No es claro cuándo Manini Ríos podría entrar en la política

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Guido Manini Ríos. Foto: archivo El País

Jerarca militar

La Constitución y las leyes hablan de hasta cuatro años.

Aunque hay más de una interpretación al respecto, la posibilidad de que el actual comandante en jefe del Ejército, general Guido Manini Ríos, se sume a la actividad política una vez que pase a retiro deberá esperar un tiempo.

El jefe de la fuerza de tierra, cuyas opiniones públicas recientes le han dado más de un dolor de cabeza, deberá pasar a retiro obligatorio el 1° de febrero de 2020, es decir cuando el actual gobierno esté a punto de concluir.

El diario El observador informó que el Movimiento Social Artiguista (MSA), surgido recientemente y conformado por militares retirados y civiles, está promoviendo la incursión en la actividad política del general Manini Ríos.

El artículo 182 de la ley 14.157, orgánica de las Fuerzas Armadas, que por otra parte está siendo analizada en el Parlamento para su modificación, señala que "Una vez transcurridos cuatro años del pase a situación de retiro, el militar quedará liberado de las limitaciones y obligaciones que le impone el estado militar establecidas en el artículo 61, excepto los incisos F) y G)" (sometimiento a tribunales de honor).

Esta norma le permitiría al general, ya en situación de retiro, participar en actividades política, ser candidato a un cargo electivo (senador o diputado). Sin embargo, donde no está tan claro el panorama es respecto al desempeño de un cargo ejecutivo en cualquier organismo, como un ministerio o un ente público.

La Constitución, en su artículo 77 inciso 4 deja en claro que no podrá trabajar en política mientras no pase a retiro. Sostiene que "Los magistrados judiciales, los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Tribunal de Cuentas, los Directores de los Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados, los militares en actividad, cualquiera sea su grado, y los funcionarios policiales de cualquier categoría, deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a diez años para ocupar cualquier empleo público, de formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto".

Fuentes militares recordaron a El País que si el próximo gobierno le ofreciera un cargo, Manini Ríos podría acogerse a la situación de "disponibilidad", prevista en el artículo 96 de la ley 14.157. En su literal C) comprende en tal categoría a los oficiales que "han sido designados por el Poder Ejecutivo para desempeñar cargo político no elegible".

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