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Ocho años por rapiña, siete por homicidio

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Patrullero de Maldonado en busca del sospechoso del asesinato de la joven Koni Silva, ocurrido en junio de 2015 en Punta del Diablo. Foto: Ricardo Figueredo

En Maldonado

La primera rapiña fue cometida el 18 de octubre cuando el ahora condenado asaltó un comercio y se llevó 1.962 pesos.

En las últimas horas, la Justicia local condenó a Maicol Iván Sabio Machado (23) a ocho años de penitenciaría por cuatro delitos de rapiña y tres por porte de arma.

La primera rapiña fue cometida el 18 de octubre cuando el ahora condenado asaltó un comercio y se llevó 1.962 pesos.

El segundo asalto ocurrió cuatro días más tarde. El delincuente interceptó a una persona y le robó un celular, la campera, el pantalón, la remera y los championes.

El 13 de noviembre asaltó a dos adolescentes en la calle. Les llevó un celular y 300 pesos.

El cuarto asalto fue contra una panadería el 18 de noviembre. Se hizo de 4 mil pesos.

Crimen.

El 21 de abril pasado la jueza María Andrea Caamiño impuso una condena de siete años de reclusión por homicidio a Wilson Nicolás Ortega y Freddy Aníbal Balladares a los que además les imputó un delito de porte de armas y homicidio.

Confesaron ser los autores del asesinato de Alfredo Damián Álvarez, quien regenteaba una boca de venta de pasta base en su casa de la ciudad de San Carlos.

Balladares Noguez fue recluido el 30 de diciembre de 2016 en la cárcel de Las Rosas imputado de un delito de hurto agravado. Recuperó la libertad el 30 de mayo de 2017. El delincuente tenía otros antecedentes penales.

En el 2015 fue encarcelado imputado de un delito de acometimiento con arma apropiada y disparo de arma de fuego. En 2011 fue imputado por un delito de rapiña y otro de hurto especialmente agravado en grado de tentativa.

Mientras tanto, su compinche, Nicolás Wilfredo Ortega, fue encarcelado en junio de 2017 por un delito de hurto agravado por la penetración domiciliaria.

Fue liberado el 15 de diciembre de 2017. En 2009 fue encarcelado por otros tres delitos de rapiña en régimen de reiteración real.

Si bien los sujetos confesaron haber cometido un delito, robar, para encubrir otro, figura que recae en lo establecido en el artículo 312º del Código Penal, fueron penados por un delito de homicidio, lo que habilita el proceso abreviado.

De acuerdo a la explicación de diversos juristas, deberían haber sido condenados con una mínima de 15 años de prisión lo que hubiera impedido habilitar al proceso abreviado. En Maldonado, un delito de homicidio se paga con siete años de penitenciaría y una rapiña con ocho años.

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