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Nuevas pautas no moderan el incremento de los salarios

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Las pautas del gobierno para la negociación salarial sorprendieron y generaron un conjunto de primeras reacciones encontradas, las que pueden ir cambiando dependiendo de las aclaraciones que efectúe el gobierno.

Del lado de los trabajadores la primera señal fue de rechazo pues ven un retroceso y consideran que perdieron la indexación que los protegía de la inflación. Lo propuesto puede llegar a ser todo lo contrario. Del lado de los empresarios ven que hay un criterio que permite que las empresas se adapten a realidades diferentes, pero la aplicación al nivel de los Consejos puede seguir con una rigidez que destruye a las empresas más débiles de cada sector de actividad.

Por lo tanto todo puede cambiar en cuanto se comience a aclarar el alcance de las pautas y las moderaciones anunciadas pueden no ser tales. Afortunadamente surgen de una construcción en conjunto del gabinete ministerial y por lo tanto no admitirán segundas interpretaciones por parte de quienes intermedian en la negociación (Ministerio de Trabajo) y quienes conducen la política macroeconómica (Ministerio de Economía).

Lo primero que hay que señalar es que no se trata de una pauta desindexatoria, lo que hace es jugar diferente con los plazos. Acorta los tiempos entre los ajustes de salarios para volverlos al contexto semestral acorde a una inflación alta como la prevista. Una variación de precios del 5% anual puede ser tolerable, pero el 10% anual se transforma en un problema para los asalariados y requiere instancias más frecuentes de ajuste. Por otro lado alarga el plazo para la primera instancia de ajuste por inflación.

En este punto es donde surgen dudas que pueden cambiar radicalmente la interpretación. Hasta ahora la comparación en el caso de la inflación se hacía entre el 5% de objetivo del gobierno y la variación del IPC observada en el año. Entonces si la inflación en el año fue del 8,5% se debía procesar un ajuste del orden del 3,5% al inicio del próximo período.

La asignación del 3,5% que viene del convenio anterior es el punto que va a significar un distanciamiento inicial en la negociación. En un principio no se fue muy explícito, pero aclaraciones del gobierno en las últimas horas indican que se debe sumar al nuevo ajuste. Este aspecto genera rispideces entre las partes.

Por ejemplo, una empresa con dificultades de acuerdo a las pautas del gobierno debería otorgar un incremento del 8% desde hoy hasta junio del 2016 por el nuevo convenio. Puede ser, de acuerdo a la encuesta del BCU, lo que se espera de inflación para el período, en cuyo caso sería un "empate" para el salario real que se mantendría estable en el año. Pero, si se da el 3,5% de ajuste por el convenio anterior va a haber un aumento en el costo salarial. Por lo tanto el problema que los salarios son insuficientes para los trabajadores y costosos para los empresarios estará presente en toda su dimensión.

Se estaría procesando así un adelanto de parte del incremento de las retribuciones reales proyectadas para el período al primer ajuste, con probables impactos negativos en el empleo. De hecho el primer ajuste sería muy similar a los que se vienen procesando en los últimos tiempos. Recién a partir del segundo año se moderarían.

Un punto que puede complicar la situación de algunas empresas intensivas en mano de obra es la solicitud de incrementos extraordinarios para los trabajadores con niveles de remuneración más bajo. Para la franja entre $ 10.000 y $ 12.000 se solicita un adicional del 3,5% y para la franja entre $ 12.000 y $ 14.000 un aumento de 2,5%. Los aumentos de los mínimos oficiaron en los últimos diez años co-mo una válvula de escape. Al principio con margen, se van dando aumentos extraordinarios, pero en la medida que el salario mínimo se acerca a los niveles realmente pagados se empieza a afectar el resto de la pirámide de la empresa, en la que se supone se sigue una relación entre las categorías que obedece a algo.

De la cadencia de los ajustes se pude esperar que la estabilización de la inflación ocurra en forma más lenta a lo anunciado inicialmente por el presidente. La pauta indica en su versión media un 8,5% de ajuste para el año terminado en junio del 2016, 7,5% para el año terminado en junio de 2017 y 7,0 para el año terminado en junio del 2018. La inflación para el próximo año se espera sea del 7,9% y para el año entre julio 2015 y junio 2016 se espera un 7,8% de inflación con 6,8% de mínimo y 8,3% de máximo.

Un tema casi estético es el de la sugerencia de ajustes semestrales cuando la inflación en los semestres es muy diferente. En los últimos años el primer semestre del año tiene variaciones en el orden del 4,2% y en el segundo del 3,5%. Por lo tanto, si se dan aumentos iguales en cada semestre se afectará distinto el primer semestre y generará mayor bienestar, y el segundo hará llegar en peores condiciones al cierre del convenio. Tomando que casi todos tienen fecha de finalización junio de 2015 o 2016.

Las pautas presentadas y sus futuras aclaraciones son indicativas y se utilizarán para la negociación. El esquema funcionará de la siguiente forma: los trabajadores y los empresarios negocian un convenio y si hay diferencias el gobierno laudará con estas pautas como referencia. Si bien el objetivo del gobierno es proteger mejoras alcanzadas por un lado y contemplar la heterogeneidad por otro, la magnitud del primer ajuste puede dificultar el alcance de esos objetivos.

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