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Trabajo nocturno: aprobaron 20% de compensación

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Trabajo nocturno se estableció entre las 22 y 6 horas. Foto: Archivo El País
Personal de limpieza, limpiando las calles o veredas, trabajo nocturno , foto Americo Pla, Archivo El Pais, nd 20100419, mujeres trabajando en limpieza de calles
Archivo El Pais

La Cámara de Senadores sancionó por unanimidad (18 en 18) el proyecto de ley que otorga beneficios para los trabajadores que tienen horario nocturno, de las 22 a las 6 horas.

La nueva ley obliga a pagar como mínimo un 20% de compensación por trabajo nocturno o un 20% menos de horas. También obliga al empleador a asignarle un trabajo diurno a las embarazadas, el que se mantendrá hasta un año después del parto.

Los trabajadores que cumplan horario nocturno deberán tener a su disposición servicios de primeros auxilios, incluidas disposiciones prácticas que permitan a dichos trabajadores, en caso necesario, ser trasladados rápidamente a un lugar en el que se les pueda dispensar un tratamiento adecuado.

Para adquirir el derecho a estos beneficios, el trabajador debe desempeñarse por lo menos cinco horas dentro del horario de 22 a 6.

La determinación de una compensación en 20% a estos trabajadores obligará a varios sectores a fijar ese piso en una próxima renegociación de los Consejos de Salarios.

Por ejemplo, en los convenios vigentes la industria láctea paga 4%, hoteles y restoranes 15%, transportadores de valores 5%, cementerios 10%, terminales de carga y servicios logísticos 10%, campamentos 15%, peajes 15%.

Otros sectores ya pagan lo estipulado por la ley. Allí se encuentran panificadoras industriales, molinos de café, avícolas, frigoríficos, distribución de supergás, librerías, tiendas, supermercados, cafés y rotiserías.

Por encima de ese porcentaje se encuentran radios de Montevideo (50%), ambulancias (25%), producción de hielo (24%).

El proyecto inicial preveía una compensación del 30%, pero luego fue modificado por los diputados. El Ministerio de Trabajo, en sus comparecencias ante la comisión del parlamento, se había manifestado a favor de dejar librado a la negociación colectiva la fijación del mínimo de compensación.

Por su parte, desde las cámaras empresariales surgieron diversas críticas. Por ejemplo, se consideró que el proyecto de ley constituye una injerencia del Estado en la negociación colectiva, que no permite que las partes convengan en un porcentaje menor por prima de nocturnidad. Asimismo, se consideró que la medida opera como un "aumento salarial encubierto", en el cual el sector patronal deberá abonar a estos trabajadores porcentajes por encima de lo laudado, y abonar la totalidad para aquellos trabajadores que en los Convenios Colectivos anteriores no han acordado implementar la nocturnidad por haber priorizado y gozado de otros aspectos y beneficios frutos de la negociación.

El proyecto aprobado esta semana por el Senado pasó ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

En Uruguay se estima que hay unas 50.000 personas que trabajan en horario noctur-no, y que a partir de ahora estarán comprendidas en la nueva ley.

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Trabajo nocturno se estableció entre las 22 y 6 horas. Foto: Archivo El País

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