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El MSP insta a no entregar fármacos en visita médica

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El MSP dice que "no se garantiza la trazabilidad" de medicamentos en instituciones. Foto: Archivo
Pharmacy technician Carolyn Van Syckle, of Feasterville, Pennsylvania, fills a prescription inside a Wal-Mart store in Trevose, Pennsylvania, U.S., on Thursday, May 8, 2008. Wal-Mart Stores Inc. and Costco Wholesale Corp. reported April sales that rose more than analysts estimated as U.S. consumers, contending with gasoline at a record $3.65 a gallon, sought discounts on clothing and food. Photographer: Mike Mergen/Bloomberg News RETAIL SALES APRIL
MIKE MERGEN/BLOOMBERG NEWS

Resuelven mayor control de “trazabilidad” de los remedios.

Ante la constatación de que "los medicamentos no se encuentran gestionados en las condiciones requeridas" y que "no se garantiza la trazabilidad de los mismos", el Ministerio de Salud Pública (MSP) instó a través de una ordenanza a hospitales, mutualistas, seguros privados y emergencias móviles a llevar adelante un mayor control de la distribución. Al mismo tiempo, conminó a los médicos a no entregar fármacos en consultorios y visitas a domicilio.

La cartera resolvió que en todo lugar donde se "realizan una o más técnicas de diagnóstico y/o tratamiento", los médicos "solo podrán administrar las dosis necesarias (…) para tratamientos vinculados al acto médico que lo demande" en ese momento. Así lo establece la circular firmada por el ministro Jorge Basso con fecha 13 de enero, pero publicada en la web de la secretaría recién el 24.

El documento dice que los centros de salud y emergencias "dispondrán (…) de un stock de medicamentos abastecidos por una farmacia habilitada y acorde a las prestaciones que brinda, ajustándose a las exigencias de la reglamentación".

La circular hace hincapié en que cuando el MSP ha procedido "a la habilitación de diferentes servicios de salud, se constata que (las instituciones) no han solicitado la habilitación de las farmacias específicas", y también aclara que "la adquisición de medicamentos a la droguerías o a empresas farmacéuticas solo puede ser realizada por los responsables de las farmacias", o sea por los químicos farmacéuticos. Esto veta, entre otras cosas, el uso de muestras por parte de los profesionales.

Se señala que "los stocks de medicamentos y afines necesarios podrán ser manejados" solo bajo alguna de las siguientes modalidades: 1) Por servicio de farmacia interna, en el cual se dispensen "medicamentos y afines" solo para el "momento de la atención". Y se aclara que "no se realizan entregas para uso ambulatorio".

2) A través de servicios que tengan "vinculación directa" con una farmacia "de segunda categoría" habilitada, que sea la que provea de los fármacos.

3) Y por último con "botiquines específicos". Para este último punto se aclara que: "La adquisición de medicamentos deberá realizarse a través de las farmacias en forma directa o mediante convenios, debiendo los centros contar con las facturas de compras respectivas".

Para controlar el debido cumplimiento de la ordenanza, el MSP insta también a que cada centro tenga una lista de los medicamentos utilizados en cada acto médico.

Por otro lado, advierte que "es responsabilidad de la Dirección Técnica del prestador (sea hospital, mutualista, seguro o emergencia móvil), la recepción, almacenamiento, dispensación, reposición de stocks, control de stocks y de vencimiento, destrucción de productos" y "limpieza de áreas de almacenamiento".

El MSP da seis meses para que los centros de salud se adecuen a las nuevas disposiciones.

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El MSP dice que "no se garantiza la trazabilidad" de medicamentos en instituciones. Foto: Archivo

NUEVAS REGLAS SOBRE MEDICAMENTOS

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