Publicidad

MSP condenado a pagar deuda contraída en 1961

Compartir esta noticia

En 1961, el Ministerio de Salud Pública expropió una fracción de campo de 8 hectáreas en Puntas del Pantanoso, con frente a Camino de las Tropas. Debía pagar unos $ 72.051 pero quedó debiendo a los propietarios $ 30.807. En 2009, cuarenta y ocho años después, el MSP comenzó los trámites para escriturar el bien.

Allí surgió que no podía hacerlo hasta saldar la deuda que había sido reclamada en su momento ante la Justicia. Hijos y nietos de los propietarios originales continuaron el litigio. Un juez en primera instancia entendió que el crédito contra el Estado había prescripto pero en el Tribunal de Apelaciones se le dio la razón a los demandantes.

La dilucidación del derecho a cobrar dio lugar a una nueva disputa, esta vez por el monto en cuestión. El abogado de una de las familias reclamantes, Felipe Vasquez, explicó a El País que el caso, además de lo curioso de negociar una deuda que se mantuvo durante 54 años, puede sentar jurisprudencia a la hora de determinar si para que se produzca una "justa compensación" como lo exige la Constitución para estos casos, es posible capitalizar intereses sin que esté expresamente pactado o se debe aplicar un interés lineal sobre el monto original. El MSP entiende que se debe aplicar IPC e interés simple, lo que arroja un monto de 3.258.252 pesos al 30 de abril de 2012. La defensa de los demandantes, en cambio, entienden que durante medio siglo los propietarios no tuvieron posibilidad de invertir el monto adeudado y obtener renta sobre renta. Calcularon IPC y un interés acumulativo anual del 6%, lo que determina una indemnización de 18.700.793 pesos.

Ante el Tribunal de Apelaciones de 4 turno una perito determinó que "de no tener el Estado el bien expropiado hubiera tenido que o bien comprar otro inmueble o arrendarlo teniendo para ello que disponer de capital para hacerlo. La renta obtenida por no tener que disponer de capital, pudo ser utilizada por el Estado para generar renta sobre renta en años sucesivos, situación de la que fueron privados los titulares del inmueble expropiado".

En julio, el Tribunal determinó que a partir de las liquidaciones presentadas por ambas partes y para llegar a una justa compensación "dentro de parámetros razonables y compatibles con el bien común", la indemnización debía surgir de la actualización por IPC de los $ 30.807,63 y el 50% del resultado de aplicar el 6% de interés acumulativo anual. El monto asciende a unos $ 9 millones.

El MSP fue a casación y semanas atrás la Suprema Corte anuló el fallo del Tribunal por "vicio de procedimiento" y derivó el expediente a otro Tribunal. Vasquez explicó que el MSP deberá pagar un piso de $ 3,2 millones y un techo de $ 18,7 millones. "Es un hecho", dijo.

Un litigio de 54 que sienta jurisprudencia por forma de cálculo

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

MSP

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad