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Justicia obliga a la IMM a rever su tercer tributo más recaudador

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Poder Judicial: tiene 400 sedes en todo el país. Foto: M. Bonjour
Fachada del Palacio de los Tribunales del Poder Judicial, exedeificio de la Onda, ubicado sobre la Pza. Cagancha, Mvdeo., ND 20150130, foto Marcelo Bonjour - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Fallo del Contencioso favoreció al Poder Judicial y a institutos de enseñanza.

La Intendencia de Montevideo deberá exonerar de la Tasa General a dos locales del Poder Judicial que se encuentran en la calle Zabala 1531, en la Ciudad Vieja, dando cumplimiento a un fallo en su contra del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). La IMM dejará de percibir $ 254.640 por estas dos exoneraciones, cifra que representa tan solo la punta del iceberg de un gran problema que la comuna viene teniendo en los últimos años con este tributo.

"La posición del Tribunal es que la Tasa General Municipal, por su base de cálculo, tiene las características de un impuesto y no de una tasa, lo cual no representa la posición de la Intendencia de Montevideo. El Poder Judicial hace años presentó un recurso en el Tribunal de lo Contencioso que sentenció a su favor, por lo que tenemos que exonerarle la Tasa General a todos los inmuebles que ocupa. Como Poder Judicial, tiene inmunidad impositiva", explicó a El País la directora de la División Administración e Ingresos de la comuna, Patricia Perandones.

La Intendencia recauda unos $ 2.000 millones por concepto de Tasa General y sus adicionales. Se trata de su tercera fuente de ingresos en orden de importancia, después de la Contribución Inmobiliaria y la Patente de Rodados.

En setiembre de 2013, una sentencia similar del TCA obligó a la comuna a exonerar la Tasa General y varios adicionales a la ORT, institución de enseñanza que es propietaria de unos 30 padrones en Montevideo. El hecho sentó un precedente jurídico y abrió la puerta a que otras instituciones educativas presentaran recursos similares. Como en el caso del Poder Judicial, es de aguardar que los miembros del Tribunal se pronuncien exactamente igual frente a esos recursos.

El Poder Judicial ha venido exonerando la tasa —siempre interponiendo petitorios ante la IMM— desde hace muchos años, a partir la sentencia del TCA N° 748, del 8/12/2004.

Fuentes judiciales dijeron a El País que el Poder Judicial tiene unas 400 sedes en todo el país, aunque muchas de ellas son alquiladas, sobre todo en el interior.

El Poder Judicial aumentó su patrimonio edilicio (y también concentró muchas sedes) a partir del primer gobierno de Tabaré Vázquez, cuando se incorporaron tres importantes edificios: el Palacio Tribunales (para la Justicia Civil, en la ex Onda); el Centro de Justicia de Familia (ex edificio DGI) y el Centro de Justicia Penal, en la calle Juan Carlos Gómez. A su vez, se está construyendo el Centro de Justicia de Maldonado (el primero de su tipo en el interior), que tendrá tres módulos. El primero está muy avanzado y se destinará a la Justicia Penal.

Buscando soluciones.

Perandones dijo a El País que la Intendencia está "analizando toda la estructura de la tasa, buscando modernizarla, porque se creó en 1920". Para cambiarla, se necesitará un decreto de la Junta Departamental.

"Estamos viendo qué posibilidades tenemos de cambiar su naturaleza jurídica o de modernizarla y volverla más sencilla en su aplicación", porque es "una tasa muy antigua, con una casuística muy grande", dijo la directora de la División Administración e Ingresos de la Intendencia.

"El objetivo de la tasa es solventar los gastos de alumbrado, de limpieza (no solo la recolección de residuos), la conservación y vigilancia de los bienes municipales y la fiscalización de todas las ordenanzas. Hay una redefinición de la tasa en un Presupuesto de 1992, aunque se mantuvo en su fórmula de cálculo de un modo similar a la definición original", agregó.

Agujero jurídico.

Perandones dijo que tras la sentencia favorable al instituto ORT no hubo una "catarata" de recursos de institutos de enseñanza para exonerar la tasa, aunque admitió que algunos han recurrido. "Para la Anep ya hay una exoneración desde hace muchos años por un decreto de la Junta, por lo que cuando nos solicitan la exoneración se las damos sin necesidad de que vayan al Tribunal, por el tipo de actividad que hacen", precisó.

En setiembre de 2008, la ORT solicitó al Tribunal de lo Contencioso que anulara una resolución municipal que denegaba su solicitud de ser exonerada del pago de la Tasa General Municipal y sus adicionales respecto de los inmuebles de su propiedad.

En setiembre de 2010, el TCA anuló esta resolución, por entender que la Tasa General Municipal y sus adicionales no son en realidad "tasas", sino tributos, por lo que correspondía que la Intendencia devolviera los pagos recibidos hasta la fecha.

Los impuestos, además de ser exonerables para estas instituciones, son discrecionales. En tanto, para el cobro de "tasas" tiene que existir una equivalencia entre lo que se cobra y el servicio prestado. Y esto tiene que ser constatable.

Un criterio no compartido.

“La posición del Tribunal es que la Tasa General Municipal, por su base de cálculo, tiene las características de un impuesto y no de una tasa, lo cual no es la posición de la Intendencia de Montevideo”, dijo la directora de la División Administración e Ingresos de la IMM, Patricia Perandones. Hace dos años, la Intendencia tuvo que dejar de cobrarle la tasa a la ORT, que tiene unos 30 padrones en Montevideo.

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