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Juristas: ley antilavado viola la Constitución

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El Colegio de Abogados se reunirá para tratar alcances del proyecto de ley. Foto: F. Ponzetto
Votacion en sesion de la Camara de Diputados por proyecto de Rendicion de Cuentas, en el Palacio Legislativo, Mvdeo., ND 20160802, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Abogados dicen que atenta contra el derecho de defensa.

El proyecto de ley contra el lavado de activos que incluye a los abogados, los contadores, los partidos políticos y las iglesias en la obligación de informar de las transacciones que realicen, si éstas son inusuales o sin justificación económica o legal, y si resultan de una complejidad inusitada, tiene visos de inconstitucionalidad para algunos juristas.

El Colegio de Abogados convocó a una reunión a la directiva que acaba de asumir para analizar detalladamente el alcance de la iniciativa redactada por la Secretaría Antilavado en conjunto con legisladores de todos los partidos políticos.

El proyecto de ley será explicado hoy en el Parlamento por el secretario antilavado, Carlos Díaz. El proyecto suma nuevos delitos precedentes del lavado como el de defraudación tributaria, el sicariato, el abigeato y la asociación para delinquir.

Pero la mayor novedad es que suma a las asociaciones civiles e iglesias, los partidos políticos, los contadores y los abogados entre los sujetos obligados a denunciar.

A juicio del abogado Miguel Pezzutti, profesor de Derecho Administrativo, el hecho de sumar a los abogados presenta aspectos inconstitucionales. Explicó que se vulnera el artículo 72 de la Constitución que protege los derechos inherentes a la persona humana o derivados de la forma republicana de gobierno.

El hecho de que el abogado tenga que denunciar al cliente "pone en peligro el derecho de defensa (...) Es mucho más el daño que ocasiona la obligación que se le impone al abogado que lo que se logra con la denuncia", agregó.

Además consideró que el proyecto tiene un agravante y es que establece que la denuncia del abogado se debe hacer ante una autoridad administrativa (la Secretaría Antilavado).

"Los garantes de los derechos individuales son los jueces, por ende facultar a una administración a exigirle a un abogado y sancionar a ese abogado por no vulnerar la confianza de que es depositario, implica un atentado tanto al derecho de defensa como a los principios que inspiran el Estado democrático de derecho".

Pezzutti insistió en que "el secreto profesional del abogado es, junto con el de los médicos y el secreto de confesión, de los más antiguamente reconocidos y resguardados en el ordenamiento jurídico. Tiene que ver con aspectos delicadísimos de la intimidad de la persona", dijo. Agregó que con esta disposición "el cliente tiene una disminución en sus garantías (...) Si Al abogado le preguntan algo y el abogado está obligado a denunciarlo, la persona no le va a preguntar", explicó.

Si bien en el artículo 11 del proyecto de ley se aclara que los abogados "no estarán alcanzados por la obligación de reportar transacciones inusuales o sospechosas con respecto a la información que reciban de sus clientes, en el marco del ejercicio del derecho de defensa", Pezzutti opinó que "no queda claro a que se esta refiriendo".

"Con esa aclaración no se salva la inconstitucionalidad, porque implícitamente siempre el abogado cumple el rol de defender los intereses de sus cliente", afirmó.

El constitucionalista Martín Risso opinó en la misma línea de Pezzutti. Aclaró que aún no estudió en detalle el proyecto pero señaló que "da la impresión de hay inconstitucionalidades". Risso dijo que aunque excluye el ejercicio de la defensa, no queda claro si solo se refiera a la defensa penal o a cualquier defensa.

Según determina el texto difundido ayer por El País, todos los sujetos obligados deberán responder a los pedidos de "información periódica" e incluso presentarse ante la Secretaria Antilavado si esta los convoca, bajo apercibimiento de sanciones. Las multas por incumplimiento se mantienen en los montos estipulados por la ley actual —de las 1.000 a los 20 millones de Unidades Indexadas (UI), cuyo valor unitario era ayer de $ 3,4935.

El proyecto obliga a los profesionales a tener "una adecuada identificación y conocimiento" de sus clientes, "incluyendo el beneficiario final de las transacciones (...), prestando atención al volumen y a la índole de los negocios u otras actividades que estos desarrollen".

CONTADORES EN ALERTA

El Colegio de Contadores del Uruguay se opone a que el proyecto de ley integral contra el lavado de activos los releve del secreto profesional. El presidente de la institución, Selio Zak , dijo a El País que están en “total desacuerdo en dejar sin efecto el secreto profesional” (...) Discrepamos por completo”, agregó. El viernes se reunirá la directiva para tratar el tema.

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El Colegio de Abogados se reunirá para tratar alcances del proyecto de ley. Foto: F. Ponzetto

INCONSTITUCIONALIDAD

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