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Tribunal de Apelaciones confirmó que nueva ley de lavado de activos no deroga delitos

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JUDICIALES

Abogados habían planteado que uno de los artículos habilitaba la caída de ciertos delitos

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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° turno confirmó que no hay derogación de delitos de lavado de activos pese a las distintas interpretaciones que se hicieron sobre la Ley Integral contra el Lavado de Activos.

Varios abogados, entre ellos el penalista Juan Fagúndez y Gustavo Salle, habían advertido que el artículo 79 de la nueva Ley Integral contra el Lavado de Activos utilizaba la palabra deróganse para determinados delitos en lugar de sustitúyanse lo que haría suponer que procesados, por ejemplo en causas vinculadas al narcotráfico, podrían quedar libres.

El fiscal de Corte, Jorge Díaz, había dicho que el artículo 79 no generaba una eliminación de los ilícitos ocurridos antes de la promulgación de dicha norma. "Con ese artículo, no operó una supresión de los delitos de lavado de activos", afirmó.

Sin embargo el asunto llegó al Tribunal de Apelaciones ante un recurso interpuesto por el abogado Salle que pidió liberar a un cliente ya que consideró que el delito de Lavado de Activos había caducado. 

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