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La Suprema Corte definirá si joven estuvo cinco años preso siendo inocente

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Dos reclusos realizaban maniobras con celulares desde el Penal de Libertad. Foto: Fernando Ponzetto
Visita al Penal de Libertad, carcel de maxima seguridad de la ciudad de Libertad, departamento de San Jose, ND 20180921, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

POSIBLE CASO DE PRISIÓN INDEBIDA 

Asuntos Internos dijo que la detención fue ilícita; Justicia igual lo condenó por un delito de rapiña a cumplir cinco años y seis meses de penitenciaría.

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Eran poco más de las 11:00 del 14 de octubre de 2015. Jorge V., entonces de 18 años, chateaba con su novia sentado en el muro de su casa. Cada tanto conversaba con un vecino que fumaba apoyado a pocos metros contra la misma pared. Otros vecinos también vieron a Jorge V. usando su computadora “Ceibalita” frente a su casa.

En el diálogo virtual mantenido con su novia, Jorge V. fue invitado a almorzar. Ese día, Jorge V. descansaba luego de una extenuante semana trabajando con caballos de carreras. El joven carecía de antecedentes penales.

Faltaban 15 minutos para las 12:00 horas. El vecino terminó su cigarrillo y se fue a su casa, ubicada en el mismo terreno que la vivienda de Jorge V. Posteriormente, el joven dejó la computadora y fue a un almacén antes de ir a almorzar con su novia. A los cinco minutos llegaron unos patrulleros a la casa de Jorge. Efectivos descendieron de los móviles y comenzaron a golpear al joven, según consta en el expediente judicial.

Durante la investigación, Asuntos Internos concluyó que la detención de Jorge fue “irregular”, lo cual debió redundar en la nulidad del caso, señala la defensa del acusado.

Los dos policías aprehensores fueron denunciados ante la Justicia Penal. Sin embargo, sus declaraciones igualmente fueron tenidas en cuenta para inculpar al joven, surge del expediente judicial.

La abogada defensora de Jorge V., Elena Liard, advirtió en varios escritos que la descripción del asaltante realizada por la víctima no coincidía con la de Jorge V. Y tampoco concordaban el relato de la víctima y la declaración realizada por Jorge V. en la sede policial. Sin embargo, y pese a las dudas, la Justicia de primera instancia condenó a Jorge V. por un delito de rapiña a cumplir cinco años y seis meses de penitenciaría. Un Tribunal de Apelación ratificó la sentencia.

Es decir, primó la declaración de la comerciante pese a que otros testigos declararon que lo habían visto encima del muro, y la madre de la novia del condenado presentó en Asuntos Internos fotos de los chats entre el joven y su hija.

Ahora el caso pasará a estudio de la Suprema Corte, según dijo Liard.

La rapiña.

La víctima declaró que el 14 de octubre de 2015 se encontraba en su negocio cuando, desde la puerta-reja del comercio, un joven le mostró un revólver. No la apuntó; tampoco la amenazó. La comerciante le entregó entonces una caja de zapatos gris que contenía unos $ 1.000 en monedas, algún billete de $ 20 y otro de $ 50. Al describir al supuesto rapiñero, la víctima dijo que tenía puesta una campera verde. Y agregó que el rapiñero salió corriendo.

La descripción realizada por la víctima, según la defensa, era de un muchacho de cualquier barrio y común para esa edad.

Tras la detención, los policías llevaron a Jorge V. hacia el comercio asaltante para que la víctima lo reconociera. En el camino le dijeron que el supuesto delincuente “se había sacado la campera verde”. La mujer dijo que era él.

En la sede policial, Jorge V. dijo que había robado un kiosco. Declaró: “Me acerqué al mostrador y le dije a la comerciante ‘dame la plata, que preciso la plata’”.

Jorge V. confesó, además, que eran las 12:30 horas cuando cometió el delito, y agregó que no tenía armas. No obstante, el supuesto revólver usado en la rapiña nunca fue encontrado.

La defensa de Jorge V. alegó en el expediente que la declaración del imputado fue realizada bajo presión en la sede policial. Y advirtió que el testimonio de su defendido no coincidía con el de la víctima, ya que el joven dijo que había ingreso al comercio y la víctima expresó que la rapiña se había efectuado desde la puerta-reja.

Según Liard, los policías que detuvieron a Jorge V. declararon que su detención fue entre las 11:40 y las 11:50 horas, cuando se estableció que la rapiña sucedió pasadas las 12:00 horas.

En su declaración ante Asuntos Internos, la suegra de Jorge V. afirmó que su hija comenzó a recibir mensajes del joven entre las 11:30 y las 12:00 horas. Y agregó que Jorge V. dijo, a las 11:50 horas, que estaba saliendo en dirección a la casa de su novia para comer.

Liard sostuvo que su defendido es inocente porque, a la hora de la rapiña, se encontraba en otro lugar; los policías que lo revisan solo le encuentran $ 150 en billetes y ninguna moneda; y no coincidió su declaración con la de víctima. La abogada cuestionó que no se hayan tomado en cuenta las fotos del chat que probaban que a la hora del asalto su defendido conversaba con su novia.

“A pesar de todas las incongruencias agregadas en la causa, la Fiscalía no solicitó el sobreseimiento (de Jorge V.) y se continuaron las actuaciones”, dijo Liard según el expediente judicial.

Seis años después de ocurrida la rapiña, la madre de Jorge V. afirmó que la comerciante confundió a su hijo con otro joven del barrio.

“Mi hijo trabaja desde los 14 años. Empezó en una barraca y luego continuó con los caballos. Nosotros somos todos gente de trabajo”, advirtió. Y agregó: “En la cárcel le pasó de todo. Se contagió una enfermedad y fue apuñalado. También se quiso matar. No estaba acostumbrado al encierro. Ahora está en libertad y volvió a trabajar con los caballos”.

Otro joven demandó por prisión indebida

Miguel M., entonces de 18 años, fue procesado con prisión en 2017 por un delito de incendio especialmente agravado por el resultado de muerte de una persona y lesión de varias otras.

El joven, carente de antecedentes penales, pasó un total de tres años y cinco meses (1.253 días) indebidamente en prisión, ya que fue absuelto por una sentencia fechada el 23 de junio de 2020.

En una demanda civil iniciada el 17 de junio de 2020, el abogado del joven, Fernando Posada, señaló que la prisión indebida se debió a que la Fiscalía solicitó la condena de Miguel M. a pesar de “la falta de pruebas” en su contra y de “no atender” los principios fundamentales del Derecho Penal uruguayo, de inocencia, debido proceso e indubio pro reo (si hay dudas sobre la culpabilidad de un acusado hay que absolverlo).

“En consecuencia, es difícil de comprender cómo pudo pretender condenarse a cinco años de prisión con tanta falta de profundización en las pruebas por demás controvertidas que aparecen”, insistió Posada. Y agregó que se procesó con prisión a Miguel M. por una declaración testimonial “falsa”, generando un “error inmenso” del sistema judicial por “no haber profundizado lo suficiente”.

Posada reclamó una indemnización para su defendido de $ 15 millones. El 9 de junio pasado se realizó en la Justicia civil una audiencia preliminar y se ingresó a la etapa de prueba del caso.

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