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Rocha: condenaron a nueve años de prisión a hombre que violó a su hijastra menor de edad

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Rocha: El último femicidio movilizó a la Policía y a la sociedad. Foto: archivo El País.

JUICIO ORAL 

"Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía aproximadamente 5 o 6 años de edad y duró hasta que tuvo 13", indicó Fiscalía General de la Nación.

En 2018 una pareja se separó luego de estar juntos alrededor de nueve años y de haber tenido una hija. Ese año, después de un episodio de violencia doméstica del hombre hacia la mujer, el vínculo se rompió y la mujer se mudó de ciudad junto a sus dos hijas –tenía otra de otro padre-. El hombre se trasladaba a esa ciudad para visitar a su hija.

Luego de que la pareja se terminara, la hija de la mujer –ya adolescente en ese momento- contó a su tía que quien fuera su padrastro había abusado sexualmente de ella desde que tenía seis años. La tía realizó la denuncia en agosto de 2018.

“Según la prueba producida en el juicio oral, los hechos comenzaron cuando la víctima tenía aproximadamente 5 o 6 años de edad y duró hasta que tuvo 13”, indicó Fiscalía. “Los abusos comenzaron por la exhibición de vídeos con contenido pornográfico y luego fueron en escalada hasta llegar a la conjunción carnal. Para ello, además de abusar de la confianza de la víctima, utilizaba amenazas (que algo malo le pasaría si contaba, que nadie le iba a creer, que no podría ver a su padre)”, agregó.

Este martes se conoció que la Fiscalía Departamental de Rocha de 1° Turno obtuvo la condena, mediante juicio oral, del hombre, de iniciales E.D.G.G, como “autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual en régimen de reiteración real con reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados y reiterados delitos de violación, a la pena de nueve años de penitenciaría con descuento de la preventiva sufrida”, según detalló Fiscalía General de la Nación.

Además, se dispuso la suspensión del ejercicio de la patria potestad del hombre y que no puede trabajar en educación, salud, ni ninguna área que implique “trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia”, por un plazo de 10 años.

Por otro lado, el ahora imputado deberá reparar económicamente a la víctima: tendrá que pagar el equivalente a doce salarios mínimos.

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