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Justicia desestimó demanda contra el Estado por falta de asignación de asistentes a menores con TEA

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Suprema Corte de Justicia. Foto: Leonardo Mainé

ESTE MARTES

En el fallo judicial, al que accedió El País, los demandantes denunciaron la "violación sistemática" de los derechos fundamentales de menores con TEA "por la paralización del SNIC".

La jueza letrada de 15° turno Adriana De Aziz desestimó este martes un recurso de amparo contra varios organismos del Estado, entre ellos el Ministerio de Desarrollo (Mides), que fue presentado por la Asociación Autismo en Uruguay ante la "imposibilidad" de que niños y adolescentes con Trastorno del Espectro Autista (TEA) accedan a un asistente personal, tal como establece la ley 19.353 (Sistema Nacional Integrado de Cuidados - SNIC).

La demanda fue patrocinada por la Clínica del Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UdelaR), coordinada por el abogado Juan Ceretta, quien anunció en sus redes sociales que buscarán revertir el fallo judicial. "Iremos en apelación cada vez más convencidos de que su causa no admite demora", escribió.

En el fallo judicial, al que accedió El País, los demandantes denunciaron la "violación sistemática" de los derechos fundamentales de menores con TEA "por la paralización del SNIC". Además, solicitaron la ilegalidad del artículo 26 del decreto 117/016, que reglamenta la ley 19.353, donde se indican las tasas de subsidios que reciben los usuarios.

"Muchas familias, dada la imposibilidad de contratar a un asistente por el incumplimiento de las obligaciones legales de los demandados, se ven imposibilitados de brindarle una educación de calidad a sus hijos", reclamaron. Al mismo tiempo, se subraya en la demanda que "sin asistente, los centros educativos respectivos no les permiten concurrir en condiciones de normalidad" a los menores con TEA.

La jueza sostuvo que la "paralización parcial del Programa de Asistentes Personales, durante 2020 y 2021, coincidió con la pandemia" del COVID-19. Agregó que "las postulaciones de solicitud del servicio se siguieron recibiendo vía telefónica, pero lo que se ha visto resentido son las valoraciones que se hacen a domicilio, por el equipo técnico respectivo, a efectos de determinar el grado de dependencia y si la misma amerita o no la autorización de contratación de (un) asistente personal".

Por otro lado, la magistrada indicó que "ha quedado demostrado que desde el Mides se viene trabajando en el tema", que tradujo en "seguir recibiendo las postulaciones". "Se dan altas, se reciben quejas y denuncias a las cuales se les ha dado trámite, y se encuentran actualmente en etapa de ir reactivando el servicio otorgando prioridades en función del grado de dependencia, y otros criterios, teniendo prioridad las personas que ya están en la lista de espera", añadió.

En ese sentido, De Aziz puntualizó que los equipos evaluadores "hace menos de cinco meses que retomaron su función y deben atender a todos los casos que se han ido acumulando por la pandemia, y son cinco para atender todos los programas del Mides".

En el tercer punto, la jueza señala que si bien se han detectado "varias fallas" en el sistema actual de asistentes personales, el Mides "viene trabajando para la mejora del mismo".

"Respecto a que los niños con TEA puedan ingresar a los centros educativos, sin que se les imponga contar con un asistente personal, se suscribió un protocolo para atender esta problemática", agregó el fallo.

El último punto del escrito estableció que el Mides deberá responder antes del 31 de diciembre de 2021 a un pedido que hizo la parte demandante sobre este asunto. Deberá presentar el "cronograma" con las visitas de valoración "pendientes", así dar respuesta de si se "han analizado los casos de valoraciones pendientes e indicar cuáles son los criterios utilizados".

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