Publicidad

Investigación penal por muerte de paracaidista lleva siete años

Compartir esta noticia
Riesgo: un Tribunal señaló que los paracaídas deben tener una apertura automática en caso de fallas.

Justicia

Inusual; el instructor indagado firmó una pericia que culpa a la víctima.

En un hecho extraordinario en el Poder Judicial, una investigación penal sobre la muerte de un paracaidista durante un salto ocurrido en Canelones, ya lleva siete años.

El caso, que es investigado por el Juzgado Penal de Canelones, tuvo un último trámite. Se le pidió al dueño del paracaídas que presentara un certificado de la Dirección Nacion de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (Dinacia) que explicara que dicho mecanismo se podía utilizar en saltos desde un avión. Ese certificado debe documentar, además, que el paracaídas se encontraba en buenas condiciones. "El paracaídas nunca estuvo en forma regular", dijo a El País el padre del joven muerto en el salto, Carlos de la Corte.

La víctima, Marcelo de la Corte, contrató a un instructor para que le enseñara a efectuar los saltos. A esa persona le alquilaba el avión y el paracaídas.

De la Corte no sabía que el paracaídas no era propiedad del instructor. Este lo alquilaba a una tercera persona. "En el caso hay responsabilidad del instructor y del dueño del paracaídas. Los dos actuaron de mala fe", dijo.

El 14 de agosto de 2011, Marcelo de la Corte, entonces con 33 años, se subió a la avioneta. No era la primera vez que saltaba. Utilizaba un paracaídas muy ligero denominado "1.50". Ese es el diámetro del artefacto. Marcelo pesaba 78 kilos.

De la Corte llevaba una cámara en su casco. Luego de saltar, el paracaídas se abrió y enseguida se trancó.

De la filmación se intuye que se trancaron los frenos del lado derecho del paracaídas, dijo el padre de la víctima. Al trancarse, el paracaídas comenzó a girar. Marcelo de la Corte no logró redireccionar el paracaídas y cayó a gran velocidad.

Su padre no inició un juicio civil contra el instructor y el dueño del paracaídas porque no le interesaba recuperar dinero. Sí pretende que, si hubo omisión de algunas de las partes, sean responsabilizadas por la Justicia Penal.

El abogado de De la Corte, Marcelo Domínguez dijo a El País que, hace poco tiempo, presentó un escrito en el Juzgado donde historiaba el caso y pedía nuevas pruebas.

Según el profesional, el dueño del paracaídas lo compró usado y no lo mantenía. "A esa conclusión llegó la pericia realizada por el Batallón de Paracaidistas N° 14. También dijo que el paracaídas estaba gastado", señaló Domínguez.

Destacó que la pericia detectó que el dueño del artefacto incurrió en violaciones a un reglamento de la Dinacia que estipula que el artefacto debe plegarse cada 90 días y, en la audiencia, el instructor reconoció que este no se abrió en seis meses. Además, el paracaídas carecía de libreta de los saltos realizados ni una identificación sobre su antigüedad, dijo Domínguez.

La Justicia pidió una segunda pericia a la Dinacia. Domínguez se sorprendió porque entre los firmantes de la pericia se encontraba el instructor indagado en la causa y que alquiló el paracaídas a De la Corte.

"Esa pericia decía que la caída había sido una mala maniobra del joven", señaló.

En los últimos siete años perdieron la vida por lo menos tres paracaidistas en Canelones. Con excepción de De la Corte que era civil, los otros muertos eran militares que realizaban cursos de instrucción. En los otros dos casos, la Justicia realizó investigaciones y condenó al Estado a pagar indemnizaciones a familiares.

Condenan a Defensa por salto fatal de un militar

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1er Turno ratificó una condena contra el Ministerio de Defensa emitida por el juez civil Alejandro Martínez de las Heras, por la muerte de un militar durante un salto con paracaídas.

Martínez de las Heras dispuso que, por concepto de daño moral, la cartera debía pagar a la esposa del militar US$ 20.000 y US$ 15.000 para cada uno de los hijos. El Tribunal de Apelaciones ordenó que el Estado debía abonar US$ 20.000 para cada hijo.

La sentencia, firmada por la ministra Nilza Salvo el 3 de marzo de este año, concluyó que existió falta de servicio del Estado porque el paracaídas carecía de un "timer" que abriese el artefacto en forma automática a determinada altura. "Además no se puede dejar de tener en cuenta la edad del occiso (39)", dice Salvo.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

JudicialesDinacianoticia

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad