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Incautación de cocaína récord: ordenan prisión para peones de campo en Soriano

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Incautaron más cocaína en una estancia del departamento de Soriano. Foto: @MI_UNICOM

INVESTIGACIÓN

El fallo del Tribunal de Apelaciones, redactado por el ministro Daniel Tapié y firmado por los ministros Ricardo Míguez y José Balcaldi, señala que el riesgo de fuga de los dos peones existe.

Se trató de la mayor incautación de cocaína en el país: 6.000 kilos. Ocurrió el 27 de diciembre de 2019 en una estancia ubicada cerca de Dolores, Soriano. Puesto en Europa, el cargamento valdría cerca de 1.340.000 dólares. El propietario de la estancia y su hijo de 19 años, así como dos peones, fueron detenidos y se les inició el proceso de investigación por tráfico y tenencia de estupefacientes. Los cuatro fueron encarcelados como medida preventiva.

El viernes 7, cuando faltaban 20 días para terminar la medida, la jueza especializada en Crimen Organizado, Beatriz Larrieu, les otorgó la prisión domiciliaria a los dos peones.

La jueza coincidió con la defensa respecto a que no había peligro de fuga de los mismos ni que estos podían obstaculizar la investigación porque todas las pruebas ya habían sido recogidas.

La fiscal especializada en Estupefacientes, Stella Llorente, apeló el fallo de Larrieu. Argumentó que los dos peones pretendieron salir del campo trasladando con un tractor una tolva con 1.340 ladrillos de cocaína en el interior. También dijo que llevaban una escopeta y que habían recibido una llamada de su patrón en horas de la madrugada para sacar esos sacos con la droga.

“También habría un peligro de fuga. Los imputados (los dos peones) viven en una zona donde es fácil traspasar la frontera. Es una frontera natural. Además, ese cargamento de droga no vino por tierra. Según las escuchas telefónicas vino de Bolivia. Evidentemente, hay una organización atrás que podría facilitar a los imputados la fuga por la gravedad de la pena” que podrían recibir, señaló la fiscal Llorente.

El miércoles 19, el Tribunal de Apelaciones le dio la razón a Llorente. Los peones volverán a la cárcel.

En una audiencia realizada el viernes 21, la jueza suplente de Crimen Organizado decidió enviar a cumplir prisión preventiva a uno de los peones.

El otro trabajador no pudo asistir a la audiencia por razones de salud. Su situación se definirá mañana.

Delito grave.

El fallo del Tribunal de Apelaciones, redactado por el ministro Daniel Tapié y firmado por los ministros Ricardo Míguez y José Balcaldi, señala que el riesgo de fuga de los dos peones existe y sigue existiendo, ya que cualquier ciudadano uruguayo puede cruzar fácilmente desde Carmelo hacia territorio argentino, que se encuentra a una distancia de solamente dos kilómetros. “Los imputados viven y conocen la zona”, explica el fallo del Tribunal.

Si bien reconoce que es verdad lo que afirman las defensas de los dos peones (que ambos dispusieron de 14 horas para fugarse o deshacerse de la droga y no lo hicieron), la sentencia advierte que los trabajadores también saben que cometieron un delito muy grave que podría implicar que pasen varios años en prisión.

Y agrega que los dos imputados también podrían obstaculizar la investigación porque faltan declarar otros trabajadores de la estancia.

Es decir, los peones o la organización criminal podría obligar a esos trabajadores a declarar de determinada manera en el juicio oral.

Defensa de los peones.

Los abogados de uno de los peones, Enrique Erramouspe y Carlos Colmenero, afirmaron que les sorprendió el reciente fallo del Tribunal de Apelaciones y agregaron que no lo comparten.

Entendieron que choca con el principio de inocencia. A juicio de la defensa, no existe peligro de fuga de su defendido. “El fallo es incorrecto. Cuando los fallos carecen de lógica y sentido común suceden este tipo de cosas”, agregó el abogado Erramouspe.

Señaló que la sentencia “no condice” con el espíritu del nuevo Código de Proceso Penal que prioriza que los imputados aguarden el juicio en libertad o bajo medidas más benignas que la prisión preventiva.

La defensa del otro peón, integrada por los abogados Fernando Couto y Pablo Manitto, dijo que su defendido no trasladó la cocaína al contenedor con soja.

Tras advertir que su defendido poco puede aportar a la investigación, expresaron que los cuatro imputados compartieron celda y lo que sufrieron fue “un mero adelanto de pena” contrario a las disposiciones del Código de Proceso Penal.

Las luces rojas que llamaron la atención

Varios factores llamaron la atención de los investigadores aduaneros, de la División Inteligencia de la Prefectura (Divin) y de la Brigada Antidrogas. Los contenedores con harina de soja (alimento animal) eran exportados a África por una empresa con pocos antecedentes en el rubro. Esa mercadería no es consumida en forma habitual en ese continente y dicha firma sondeó meses atrás a despachantes de Aduanas sobre los nuevos controles aduaneros en el Puerto de Montevideo. A esos datos se debe sumar que desde hace ya algunos años por África pasa el 30% de la cocaína que se consume en Europa.

Piden nulidad de juicio a Mutio por caso de contenedor con droga
4500 kilos de cocaína incautada en un contenedor que provenía de Uruguay en el puerto de Hamburgo. Foto: Policía alemana

También hay novedades del caso de las 4,5 toneladas de cocaína detectadas en Hamburgo. El viernes 14, los abogados defensores de Martín Mutio presentaron un recurso de nulidad de las actuaciones, luego de mostrar en la audiencia del 5 de febrero pasado que un documento de la Aduana de Hamburgo que exonera de responsabilidad a su defendido era conocido por la Aduana uruguaya y la Fiscalía pero no había sido entregado a la defensa.

El documento de la Aduana alemana dice que el peso del contenedor exportado por Mutio era 4,5 toneladas superior al peso del contenedor que el empresario uruguayo ingresó al puerto de Montevideo.

Es decir, las autoridades alemanas “presumen” que en Hamburgo la cantidad de soja que Martín Mutio declaró exportar se encontraba en su totalidad. Pero el contenedor pesó 4,5 toneladas más que cuando entró al puerto de Montevideo.

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