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Ganar el Gordo y no poder cobrar: historias de floridenses que, tras un juicio, percibirán premio de lotería de 2014

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Sorteo del Gordo de Fin de Año. Foto: Fernando Ponzetto
Sorteo del Gordo de Fin de Año.
Foto: Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

UN JUEGO QUE TERMINÓ MAL

Quince floridenses ganaron el Gordo de Fin de Año de 2014 en un colectivo organizado por una confitería de Florida, pero el dueño no había levantado los décimos de la agencia.

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Quince floridenses debieron encajonar sus sueños por siete años. Ganaron el Gordo de Fin de Año de 2014 al comprar participaciones de un colectivo propuesto por una confitería-rotisería ubicada en el centro de Florida, pero no fue nada fácil cobrarlo.

En 2016 iniciaron un juicio civil al dueño del comercio por unos $ 36 millones más actualizaciones y reajustes, reclamando el equivalente al pago del premio. La Justicia Civil de 3er Turno les dio la razón.

El caso pasó al Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2° Turno, el que, en cambio, le dio la razón al empresario. Pero finalmente, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) falló a favor de los 15 floridenses ganadores.

En los próximos días, el fallo de la Corte ingresará a un juzgado de Florida que hará una liquidación de sentencia y establecerá el monto que cobrarán los demandantes. ¿Pero cómo fue que comenzó toda esta novela?

El llanto.

Tras enterarse a través de la radio, los felices ganadores festejaron frente al comercio. Sin embargo, poco después supieron que la cosa no estaba tan fácil. El dueño de la confitería no había levantado los cinco décimos de la agencia que los vendía y esos habían sido regresados a la Banca de Loterías y Quinielas de Montevideo.

No se sabe si ello ocurrió porque el empresario no pagó o por si se olvidó de levantar la media tira del 05553.

El comerciante sí había abonado y levantado otros cinco décimos del número 03367, comprado por otros vecinos y que no resultó premiado.

Lo que viene después ilustra sobre la conducta cívica de los floridenses: no hubo insultos ni amenazas a los dueños. Sí hubo mucha decepción y enojo.

Un empleado de una empresa, que había comprado una participación, comenzó a llorar desconsoladamente en la calle. “Con ese dinero pensaba construir mi casita. Ahora voy a tener que trabajar hasta que me muera; pago alquiler”, dijo en su momento.

Poco después que se supo la noticia de que los cinco décimos no habían sido adquiridos en la agencia, la docente y adscripta, Beatriz Carrión, cliente de la confitería de larga data y compradora de participaciones del colectivo, se dirigió al comercio para reclamar explicaciones.

Beatriz Carrión, docente. Foto: Francisco Flores
Beatriz Carrión, docente. Foto: Francisco Flores

“Me atendió una de las hijas del dueño del comercio. Me dijo: ‘Ya pasó, ya está’. No tomé tan mal que no iba a cobrar el premio. No tomé conciencia de lo que estaba pasando. Con el pasar de las horas comencé a darme cuenta que ganar el Gordo de Fin de Año se da una sola vez en la vida, que era algo extraordinario”, afirmó Carrión a El País.

Denuncia penal.

Al igual que otros compradores de las participaciones ofrecidas por la confitería, la docente comenzó a sentir enfado y decepción por la situación, y así empezó a pensar qué se podía hacer al respecto.

Carrión se dio cuenta que ese dinero le correspondía por derecho, ya que había pagado $ 200 por las participaciones.

Con una participación de $ 100, los compradores del colectivo accedían a un premio aproximado de US$ 50.000. Y con una participación de $ 200, se podía lograr un premio de US$ 100.000.

Carrión comenzó a vislumbrar que con ese dinero podía “darse un gustito”, como el viaje que siempre había soñado, y también ayudar a sus hijos. “Era injusto lo que estaba pasando. Nosotros confiamos en el comerciante”, explicó.

Corría ya el 1° de enero de 2015, cuando Carrión, esa vez con el abogado Mauricio Simón, quien también había comprado una participación en el colectivo, se dirigió de vuelta a la confitería buscando, en forma infructuosa, una respuesta. Sin embargo, la contestación de la hija del confitero volvió a ser la misma: “No hay solución alguna”.

En la confitería se encontraba otra damnificada, residente de la localidad de Mendoza. La mujer también hablaba con la hija del comerciante y recibía la misma respuesta.

Pero algo sí podía hacerse: recurrir a la Justicia.

La docente se unió en 2016 con otros damnificados y comenzaron un juicio indemnizatorio patrocinado por los abogados Juan José Martínez Mercadal, docente universitario de Derecho Civil, y el propio Simón.

Los profesionales presentaron la denuncia penal a la Justicia -funcionaba aún el viejo código de Proceso Penal donde la investigación la realizaba el juez- para que se investigaran hechos de supuesta apariencia delictiva. El caso penal fue archivado. Y luego los damnificados iniciaron la demanda por daños y perjuicios.

En una de las audiencias, uno de los demandantes ingresó al juzgado civil y vio al comerciante y a su familia. Eran vecinos de toda la vida, así que los saludó como se acostumbra hacer en el interior del país, pese a las circunstanciales desavenencias por dinero. Pero el ambiente, igual, estaba ciertamente tenso. La respuesta de una familiar del comerciante no se hizo esperar: “Hay que quemarse por 200 pesos”.

Los papeles se habían invertido: los que hicieron el juicio eran los “malos de la película” y los que no compraron el número prometido, “los buenos”, según dijo con cierta ironía una fuente del caso.

Sin proyectos.

La historia de Diego Suárez, un docente jubilado, es muy distinta a la de Carrión. Su relato comienza con un recuerdo amargo de los últimos días de 2014: una de sus hijas fue a su casa a pasar las fiestas con una infección abdominal. Como el dolor no cedía, Suárez y su esposa la llevaron a la emergencia y un cirujano le diagnosticó apendicitis. En poco tiempo, una ambulancia la trasladó a Montevideo. Y allá se fue también su madre para cuidarla.

Diego Suárez, docente jubilado. Foto: Francisco Flores
Diego Suárez, docente jubilado. Foto: Francisco Flores

El 29 de diciembre de 2014, la esposa de Suárez lo pidió que enviara unos medicamentos para su hija.

Suárez concurrió a la mutualista y cuando estaba en la fila para adquirir los fármacos, se le ocurrió ir hasta la confitería a comprar ñoquis. Un conocido le guardó el lugar en la fila, mientras iba y volvía. En el espejo de la confitería estaban las fotocopias de las dos medias tiras: los números 0553 y 03367.

Compró dos participaciones -una de cada número- y pagó $ 200 en la caja, más el precio de los ñoquis.

El 30 de diciembre de 2014, un amigo de profesión escribano le dijo a Suárez que había ganado el Gordo de Fin de Año, pero que la confitería no pagaba. Casi un año más tarde, Suárez se integró al grupo que demandó al confitero.

“Yo ya había ganado la Grande. Y mi hija estaba bien. Por eso no consideré el hecho de haber ganado la lotería. Ni sé los números que eran (en los dos colectivos de la confitería). No tuve ni tengo ningún proyecto con ese dinero”, señala hoy el docente jubilado que en los próximos días sabrá cuánto deberían pagarle.

Tranquila.

Mabel Hernández, en tanto, es viuda desde hace bastante tiempo. Y vive sola en una cómoda casa ubicada cerca del Centro de la ciudad de Florida. Para no cocinar para ella sola, concurría a menudo a la confitería a comprar comida.

En una de esas ocasiones vio las fotocopias de las participaciones en los dos colectivos. Compró una del 05553 porque el otro número no le gustó. Pagó $ 100.

Mabel Hernández, jubilada. Foto: Francisco Flores
Mabel Hernández, jubilada. Foto: Francisco Flores

Al igual que otros floridenses, Mabel se enteró por la radio que el Gordo de Fin de Año de 2014 había caído en Florida. El locutor dijo el número ganador y ella sin revisar en ninguna parte se acordó que era el que había elegido.

El 31 de diciembre de ese año, pasó en la casa de uno de sus hijos. Y por un familiar se enteró que el dueño de la confitería no pagaría el equivalente al premio. Mabel también se plegó a los floridenses que iniciaron el juicio.

Hernández recuerda cómo observó a varias personas conocidas de Florida, que también habían comprado participaciones, pasar del festejo a la decepción.

“Después de perder a mis padres y a mi esposo, yo estoy tranquila. Ese dinero no cambiará mi vida. Mis hijos trabajan bien”, dijo Hernández. Y enseguida explicó su postura sobre el hecho de haber sacado la lotería y no haber podido, aún, cobrar un solo peso: “No dejé que la supuesta pérdida me avasallara. No hice planes con ese dinero; soy una persona muy tranquila”.

Confitería: la culpa es de la agenciera

Sin contrato. En el Juzgado Civil de Florida, el dueño de la confitería relató que el 10 de diciembre de 2014 una agenciera le ofreció la posibilidad de realizar un colectivo con la media tira (cinco décimos) del número 05553. Le propuso al empresario ese número debido a que correspondía a la matrícula de un automóvil que era propiedad del comerciante años atrás.

Poco después, el dueño de la confitería pasó por el kiosco de la agenciera y reservó verbalmente la media tira del número 05553, quedándose con una fotocopia brindada por esta para comenzar la colecta. Según señaló el comerciante en el Juzgado, se anotaban interesados en sumarse al colectivo. “La agenciera sabía que esa media tira (del número 05553) estaba reservada y debía llevársela a la confitería, pero increíblemente no lo hizo, procediendo a devolver el medio entero del número 05553 a la Dirección de Loterías y Quinielas incumpliendo el compromiso de reserva del número. Y ese hecho determinó toda la lamentable situación”, dice el demandado. Este entiende que se configuró “el hecho de un tercero” que exime de responsabilidad a la confitería. Sostuvo, además, que en el caso todas las partes tenían una mera expectativa que no puede ser calificada como un contrato que genere obligaciones civiles.

Un fallo inédito de la Suprema Corte
Suprema Corte de Justicia. Foto: Leonardo Mainé

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó el lunes 1° que el dueño de una confitería del centro de Florida debía pagar una indemnización a 15 clientes que compraron participaciones de un colectivo para jugar el Gordo de Fin de Año de 2014.

De esta manera, la Corporación confirmó la sentencia de primera instancia del Juzgado Letrado de Florida de 3er Turno, el que le había dado la razón a los 15 clientes de la confitería. “Surge probado que la relación contractual entre las partes se registró en un cuaderno”, dice el fallo de la Justicia de Florida. Y difirió el monto a pagar en una posterior liquidación de sentencia, la que se efectivizará en pocas semanas. Los demandantes reclamaron el pago del premio que les correspondía: $ 31.960.600 más reajustes e intereses desde 2014.

El propietario de la confitería y sus familiares apelaron el fallo de la Justicia de Florida. El caso pasó al Tribunal de Apelaciones Civil de 2° Turno, el que sostuvo que el empresario no debía pagar indemnización alguna. Para el Tribunal “surge probado” que el dueño de la confitería actuó mandatado por una agenciera de Florida que le dio una fotocopia del número de lotería para vender al público.

“No resulta probado ni se puede inferir que por el solo hecho de organizar el colectivo se vieran beneficiados de una mayor afluencia de público por la atracción del mismo”, dice el Tribunal. Tras aclarar que la normativa de Loterías solo permite que los agencieros autorizados vendan números de loterías, el Tribunal advierte que los compradores de las participaciones “no celebraron ningún vínculo contractual” con los dueños de la confitería y entonces “no se les puede imputar” un incumplimiento contractual alguno”.

Los abogados de los participantes de los colectivos, Juan José Martínez Mercadal y Mauricio Simón, presentaron ante la Corte una casación argumentando que sí había un contrato. Este, señalaron los profesionales, liga a la confitería con las 15 personas que compraron las participaciones. Agregaron que el número había sido elegido por el comerciante, la fotocopia del mis-mo era exhibida en la confitería, los clientes que que- rían participar en el colectivo pagaban un precio y sus nombres eran anotados en un cuaderno.

“Todos, inclusive lo reconoció una de las hijas del comerciante, confiaban en que los números originales estaban en poder de los demandados (la confitería)”, dice el escrito de casación. La Corte coincidió con esa línea jurídica: “Existió una propuesta u oferta, la que se combinó con las aceptaciones de los actores, formándose así el consentimiento de un contrato o negocio que se puede calificar como plurilateral”. Y agrega que la confitería “incumplió” con la obligación de tener los décimos originales y, por ende, “hay razón suficiente” para responder frente a los reclamantes.

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