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Condenan a un hombre que abusaba de niña de 7 años

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Policía prepara las esposas para trasladar a un detenido. Foto: Fernando Ponzetto

JUSTICIA

En 2018, la víctima reveló a su madre que la pareja de su abuela le tocaba sus partes íntimas en los momentos que quedaba al cuidado del hombre, por lo cual la madre procedió a realizar la denuncia.

La Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género de 4° turno, a cargo de la doctora Sylvia Lovesio, logró la condena mediante proceso abreviado de L.M.G.R., como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual, en régimen de reiteración real, a la pena de 4 años de penitenciaría. La misma deberá cumplirse de la siguiente manera: tres años y seis meses de prisión efectiva y seis meses en régimen de libertad vigilada intensiva, de conformidad con la ley 19.446.

En diciembre de 2018, la víctima de 7 años reveló a su madre que la pareja de su abuela le tocaba sus partes íntimas en los momentos que quedaba al cuidado del hombre, por lo cual la madre procedió a realizar la denuncia.

La niña fue valorada por el equipo multidisciplinario de su prestador de salud. El informe de la psiquiatra infantil recabó un relato coincidente con los hechos denunciados. Lo mismo ocurrió en la pericia psicológica realizada a la víctima.

Como evidencias, la Fiscalía contó con la declaración de la madre y abuela materna de la niña, informes del equipo multidisciplinario del prestador de salud de la pequeña, pericia psicológica de la víctima, declaración del imputado en presencia de su defensa, entre otros.

Se relevó como atenuante la admisión de los hechos y la primariedad absoluta por vía analógica (artículo 46 numeral 13 del Código Penal). Como agravante genérica el abuso de confianza (artículo 47 numeral 7), y como agravante específica el hecho de que la víctima fuera menor de 18 años (artículo 279 literal C del Código Penal).

Se dispuso además la inhabilitación del sujeto para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia. Así como para el ejercicio de funciones públicas o privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y mayores en situación de dependencia. También en cargos públicos o privados en la educación o la salud, y la reparación patrimonial de la víctima por un monto equivalente a 12 salarios mínimos.

Guardería clandestina

Lovesio también solicitó y obtuvo la condena de R.R.L., como autor penalmente responsable de reiterados delitos de atentado violento al pudor en reiteración real con reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados. El sujeto fue condenado a 5 años de penitenciaria. También fue condenada L.B.C.F., como autora penalmente responsable de un delito de abuso de la inferioridad psicológica de los menores e incapaces en régimen de reiteración real, con un delito de violencia privada, a la pena de tres años de penitenciaría.

En noviembre de 2019 se presentó denuncia de las madres de las víctimas menores de edad. Se denunciaron abusos, amenazas, violencia física, psicológica y emocional que recibían sus hijos mientras concurrían a la casa de los imputados, que funcionaba como guardería clandestina.

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